Durango

Anómalas, sanciones en UJED

La Junta Directiva no está facultada para suspender al Director de Odontología: Abel García

El Siglo de Durango

La Junta Directiva de la Universidad Juárez del Estado de Durango incurrió en irregularidades al determinar una suspensión al director de la Escuela de Odontología de la Universidad Juárez del Estado de Durango (UJED), Hugo Terrones Rocha, ya que este órgano no está facultado para tal acción, sino que sólo puede darse a través del Consejo Universitario, según lo marca el Reglamento de la Máxima Casa de Estudios.

El secretario general del Sindicato de Trabajadores Académicos de la UJED, Abel García, dijo que él junto con otras tres personas fueron las que votaron en contra del resolutivo de la Comisión de Honor y Justicia, que sugirió la suspensión del Director, también de cuatro maestros y de la Secretaría Académica del a Escuela de Odontología.

De hecho, el decano de la UJED, Carlos Galindo Martínez, también ex Rector, ex presidente del Tribunal Superior de Justicia, mencionó en la reunión de Junta Directiva: ?señores, no podemos suspender al Director, porque esa es facultad del Consejo Universitario?.

Los sancionados fueron: Como director, Hugo Terrones con tres años de inhabilitación; Tiburcio Araujo, ex director y maestro, Pedro Márquez Majul y Roberto Ávila, docentes, tres años, Oscar Reyes Escalera dos años y Consuelo Medrano de la Cruz, secretaria académica, un año.

Aunque Abel García comentó que el asunto del Director fue ilegal, el de los maestros, que es el que le preocupa también fue un error, ya que consideró que no puede sancionarse a los catedráticos con tres y dos años de suspensión, por haber denunciado la corrupción que había al interior de la institución. Por este motivo se pronunció para la revisión del caso.

Según la información que dio a conocer Enrique García Carranza, vocero de la Junta Directiva, fue que a los docentes se les sancionó por haber ejercido violencia moral en contra de la Escuela de Odontología y la comunidad universitaria, sin embargo, el STAUJED se pronunció por una sanción menos dura, como una amonestación pública o de mucho menor grado, pues consideró que el criterio estuvo mal llevado.

En el caso de Hugo Terrones, el Reglamento marca en el artículo cuarto en su fracción XII, que una de las facultades de la Junta Directiva es el acuerdo de la suspensión o destitución de catedráticos y alumnos. En el caso de los directores, el artículo 77 del mismo documento se explica que es facultad del Consejo Universitario determinar las resoluciones correspondientes en caso de faltas graves.

La realidad

Del Reglamento de la UJED

En el Capítulo Segundo se indica: ?De la Junta Directiva?

Art 4o.- El Consejo Universitario funcionará regularmente a través de Junta Directiva, la que se integrará como manda el artículo 17 de la Ley Orgánica y tendrá las siguientes atribuciones....

En la fracción XII.- ?Acordar y resolver sobre la suspensión o destitución de los Catedráticos y expulsión de los alumnos, previa averiguación que practique una Comisión que al efecto se nombre que se oiga al inculpado.?

En el Capítulo Duodécimo se expresa: ?De las Responsabilidades y Sanciones?

En el artículo 77.- ?El consejo Universitario conocerá de las faltas cometidas por el Rector y de las faltas graves de los Directores de las Facultades y Escuelas, dictando las resoluciones correspondientes.?

Fuente: Reglamento de la Universidad Juárez del Estado de Durango

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