Gómez Palacio

ASESORÍA| Aconsejan tener cuidado con los prestamistas

RENÉ ARELLANO GÓMEZ

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- La necesidad económica llevan en muchas ocasiones a que se recurra a la práctica de solicitar prestamos, pero quienes consideren esta opción deberán considerar algunas recomendaciones para evitar ser víctima de un usurero o agiotista, como también se le conoce.

José Rolando Rodríguez Rosas, abogado y consultor jurídico, establece que aquella persona que requiera de acudir a solicitar un préstamo, deberá tener cuidado al momento de realizar el contrato correspondiente y revisar algunos aspectos como el porcentaje de interés que habrán de cobrarle, pues este no debe ser superior al que se establece en el mercado bancario.

Precisó que una de las recomendaciones obligadas es revisar que el documento garantía o pagaré, como se le conoce- esté completamente lleno con la cantidad recibida y el porcentaje que se cobrará, ya sea mensual o anual, esto antes de firmarlo, pues con ello se evitará cobros excesivos, así como un mal uso del citado documento.

Rodríguez Rosas precisó que al momento de recibir la cantidad que solicitó por parte del prestamista, no debe dejarse ningún tipo de prenda en garantía, mucho menos las escrituras de casas o vehículos como suele realizarse, pues la firma de pagares representa la garantía de pago del monto otorgado en préstamo.

El abogado y asesor jurídico señaló que en el Código Penal del Estado de Coahuila, en el artículo 430 se contempla la figura de usurero, considerando como tal a la persona que aprovechándose de la apremiante necesidad de una persona, de su ignorancia o notoria inexperiencia realice préstamos en cualquier forma contractual, con intereses superiores a los bancarios; o que obtenga otros beneficios desproporcionados a los usos comerciales, en especie o en servicios, para sí o para otro.

Dicho artículo también establece que se aplicarán de seis meses a ocho años y multa de diez a cuatrocientos días quienes incurran en esta actividad considerada como delito.

Legislación

En el capitulo séptimo del Código Penal del Estado de Coahuila aparece la figura de usura, conformado por un solo artículo señala:

Artículo 430. Penalidad y Figura Típica De Usura. Se aplicará de seis meses a ocho años y multa de diez a cuatrocientos días: Al que aprovechándose de la apremiante necesidad de una persona, de su ignorancia o notoria inexperiencia realice préstamos en cualquier forma contractual, con intereses superiores a los bancarios; o que obtenga otros beneficios desproporcionados a los usos comerciales, en especie o en servicios, para sí o para otro.

El monto de la reparación del daño, será por lo menos igual a la desproporción del beneficio económico obtenido o de los intereses devengados en exceso, o de ambos, según el caso.

FUENTE: Código Penal del Estado de Coahuila

Leer más de Gómez Palacio

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 207245

elsiglo.mx