EL SIGLO DE TORREÓN
TORREÓN, COAH.- Para presentar una denuncia ante el Ministerio Público (MP) puede acudir cualquier persona cuando se trata de un delito que se persigue de oficio, mientras que la querella es cuando los delitos se persiguen a petición de parte, explica el abogado, Gerardo Tarín Leaños, en torno al Código de Procedimientos Penales.
El presidente del Colegio Regional de Abogados de la Laguna del Estado de Durango refiere que el ciudadano acude a la agencia del Ministerio Público ya sea por comparecencia o mediante denuncia o querella formulada por escrito. En este caso, es necesario ratificarla en el MP para la emisión de un acuerdo respecto a iniciar ya la averiguación previa y recabar todos los datos para acreditar el cuerpo del delito.
Hay ocasiones en que se cita al inculpado para que comparezca y emita su declaración. A raíz de ello, el artículo 164 del Código de Procedimientos Penales establece que se reciben los testigos de las pruebas que ofrezca para que el MP, en su momento, dicte la resolución que corresponda. Si se dictamina que no hay delito que perseguir, el MP emite un acuerdo de no ejercicio de la acción penal.
El Ministerio Público, de acuerdo al Artículo 21 Constitucional, es el órgano persecutor de los delitos, por lo que debe avocarse a la investigación de cualquier denuncia o querella que se presente. Sobre la base de ello, se requiere a la persona que se dice afectada en sus derechos la documentación necesaria.
Tarín Leaños señala que se solicita a los demandantes documentación certificada para acreditar la legitimidad de la información y luego deben narrar los hechos, así como presentar testigos ante el MP. En el caso de las personas con golpes, se ordena de inmediato un certificado previo de lesiones con el médico legista.
Expone que en los delitos sexuales el dicho de la persona ofendida adquiere una relevancia preponderante que no requiere testigos, sino corroboración con un certificado ginecológico o proctológico.
Consejos
El presidente del Colegio Regional de Abogados de la Laguna del Estado de Durango, Gerardo Tarín Leaños, recomienda que, al momento de presentar una denuncia o querella, las personas vayan acompañadas de un abogado, que les asesore todo el tiempo.
?Muchas veces el Ministerio Público cae en ciertas deficiencias, errores humanos que pueden evitarse con la asesoría de un abogado de parte de la persona que se dice ofendida, para que la averiguación previa tenga éxito en los tribunales?, manifiesta.