EL SIGLO DE TORREÓN
TORREÓN, COAH.- La anterior Administración derogó varios artículos del Reglamento de Salud relacionados con el control de la prostitución y con ello ?ató? de manos al personal del Departamento de Inspección y Verificación, quienes ya no tienen facultades para detener a las sexoservidoras que no cuentan con su licencia sanitaria. Heriberto Martínez González, titular de esta dependencia, dijo que esto puede provocar un grave problema de salud.
El funcionario reconoció que en el mes de mayo de 2005 la pasada Administración realizó algunas modificaciones al reglamento y derogó varios artículos del capítulo IX que habla sobre el control de la prostitución, las reformas fueron publicadas hasta el pasado mes de diciembre y el problema lo tiene que afrontar el nuevo Ayuntamiento.
?En el reglamento están derogados muchos artículos del área de salud, no podemos ni siquiera llegar a un establecimiento y pedirle su control sanitario, ahora tener un registro de las sexoservidoras va a ser más difícil?, dijo.
Martínez González señaló que de acuerdo al nuevo reglamento, la función del inspector se limita a invitar a las sexoservidoras para que vayan y se hagan sus estudios, ?como autoridad ataron las manos del Municipio porque no se puede proceder legalmente en contra de ellas?, al parecer la modificación se realizó por una recomendación de la Comisión Internacional de Derechos Humanos.
El jefe del Departamento, dijo que los regidores tienen que modificar el Reglamento de Salud para buscar la forma de que las sexoservidoras se hagan el chequeo, aunque aseguró que los dueños de algunos establecimientos obligan a sus ?chicas? a tener en regla su control, el problema son las que trabajan en el sector de la Alianza y las ?libres? que ejercen esta actividad en varios lugares o en la vía pública.
?A futuro va a generar un problema grave de salud, la ciudad tiene muchos casos de Sida?, dijo el funcionario, quien recalcó que en este momento no hay manera de que los inspectores exijan a las mujeres que ejercen la prostitución el control sanitario, dificultando la captación de todas aquellas personas que incursionan en esta actividad y por consecuencia se incrementan las posibilidades de que sean portadoras de enfermedades de transmisión sexual.
El entrevistado señaló que los regidores deben revisar esta situación porque en el mes de diciembre se registró una baja en el número de sexoservidoras que acudieron a realizarse los estudios, y aunque en enero hay un repunte, no hay forma de obligarlas, y agregó que incluso los homosexuales están pidiendo que se integre un padrón para que ellos se puedan someter también a este tipo de estudios.
Martínez González dijo que se tiene que hacer una revisión cuidadosa del reglamento para adecuarlo a la realidad actual, reconoció que existen comentarios, mas no evidencias de que en la ciudad incluso se da la prostitución de menores de edad, ?pero no hay manera de que nosotros actuemos, con todas las modificaciones que hicieron al reglamento nosotros no podemos actuar?.
Los artículos derogados
A continuación se transcriben algunos artículos del Reglamento de Salud que fueron derogados por la pasada Administración:
· Artículo 69.- Todas las mujeres que por primera vez sean captadas laborando en estableci-mientos como meseras de sitios conocidos como restaurantes-bar y en lugares denominados table dance sin áreas para prostitución, aun cuando no se consideran sexoservidoras, serán consideradas como personal de alto riesgo, por lo que deberán realizarse exámenes sanguíneos en la Dirección de Salud para detección de sífilis y Sida con una frecuencia trimestral, excepto las mujeres que ya fueron dadas de alta en el padrón, acatando la frecuencia semanal del control sanitario y serán los dueños o encargados de dichos establecimientos los responsables de dar seguimiento a las fichas de estos análisis...
· Artículo 70.- Las mujeres que laboran como meseras en establecimientos denominados cervecerías son consideradas como personal de riesgo aun más elevado, debiendo efectuarse el control sanitario siguiente: I- control sanitario de consulta y exudado cervical cada 15 días, II- examen sanguíneo para determinación de sífilis y Sida cada tres meses.
· Artículo 72.- Los inspectores municipales solicitarán en las visitas de inspección a los establecimientos en donde se ejerce la prostitución, las hojas de control sanitario, mismas que deberán coincidir con el nombre y fotografía de dicha hoja de control sanitario.
· Artículo 73.- Queda prohibido el acceso de menores de edad a lugares donde se realiza la prostitución, en lugares donde se presenten espectáculos dirigidos a adultos, así como en sitios donde preferentemente se expendan bebidas embriagantes.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Torreón