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Avances regionales contra la discriminación

Gilberto Rincón Gallardo

Con frecuencia, algunos procesos de innovación legal e institucional en nuestro país parecen tendencias sueltas o, en el peor de los casos, modas u ocurrencias políticas. Por ello es de primera importancia que seamos capaces de situar lo que sucede en México en un contexto internacional más amplio.

Esta semana que terminó tuve la oportunidad de estar en Brasilia, la capital de Brasil para la celebración de la Conferencia Regional de las Américas “Avances y Desafíos en el Programa de Acción contra el Racismo, la Discriminación Racial, Xenofobia y Formas conexas de Intolerancia”.

Se trató de un mecanismo de evaluación de la región interamericana de los avances y tareas pendientes en la lucha contra la discriminación etno-racial, en principio, y también contra otras formas de discriminación.

Tocó a la representación mexicana presentar no sólo nuestra experiencia nacional a este respecto, sino también dar cuenta de lo que en esta materia tan socialmente sensible se ha avanzado en Centroamérica y el Caribe.

Lo notorio de esta evaluación es que, como ya he señalado muchas veces antes, la legislación constitucional y federal mexicana contra la discriminación ha sido un avance de enorme importancia que se ha convertido, si no en modelo, sí en estímulo para el desarrollo de experiencias similares en este terreno.

De esta manera, son notorios los esfuerzos de Panamá, por ejemplo, en la búsqueda de la integración social de las minorías afrodescendientes e indígenas a partir de la creación de la “Comisión de la Etnia Negra” en 2005 y la consolidación del “Consejo Nacional de Desarrollo Indígena”, cuyos objetivos son procurar la igualdad entre todos los ciudadanos sin distingo de raza, condición y religión.

En el caso de Costa Rica, se pueden identificar como avances importantes la inviolabilidad de los derechos humanos y la garantía del principio de no-discriminación, fundada en consideraciones raciales, de sexo, edad, opinión, origen social, entre otras, y que está inserto en el Artículo 33 de su Constitución y en el Artículo 373 de su Código penal.

De igual forma, Costa Rica cuenta con un grupo importante de leyes a favor de la población indígena y posee un “Plan Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas”, basado en el reconocimiento e integración de los grupos indígenas de ese país.

Los esfuerzos de Honduras, en esta temática, se han visto reflejados en la creación de la “Comisión Nacional Contra la Discriminación Racial” que asesora y acompaña el desempeño de las distintas instituciones y funcionarios del gobierno en la formulación de políticas públicas y mecanismos efectivos que tiendan a erradicar y castigar los actos de discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia.

En el caso de Guatemala, el Estado ha trazado una estrategia para combatir el racismo y la discriminación, al establecer el principio de igualdad en el Artículo cuarto de su Constitución Política.

Asimismo, ha vigilado el cumplimiento de los Acuerdos de Paz sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas y ha creado la “Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo contra los Pueblos Indígenas de Guatemala” conformada por dirigentes indígenas de los pueblos maya, xinca y garífuna.

El fenómeno de discriminación que sufren los pueblos indígenas y afrodescendientes en Nicaragua ha sido atendido mediante la implementación de un modelo de autonomía creado por la “Ley No. 28: Estatuto de la Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua.

Modificaciones legales e institucionales similares suceden en países del Caribe y las Antillas. Eso muestra que nuestro proceso se formuló en la ruta correcta y que, junto a nuestras naciones vecinas, podemos hacer posible una sociedad más equitativa.

La legislación mexicana contra la discriminación, que ahora empieza a complementarse con legislaciones locales como la reciente del Distrito Federal, sigue siendo la más avanzada de la región. Por ello, no deberíamos desmayar en el trabajo que lleve a su plena aplicación.

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