Aprueba el congreso penas de hasta 8 años contra delincuentes que no sean mayores de edad
El Siglo de Durango
Pese a que cometan delitos como violación, homicidio y secuestro, incluso si lo hicieran a varias personas o sólo a una, los menores de edad entre los 14 y antes de los 18 sólo podrían ser privados de su libertad por ocho años como máximo, según se aprobó ayer en el Congreso del Estado.
Así quedó ayer el nuevo Código de Justicia para Menores Infractores, que derivó del análisis de varias iniciativas de ley a cinco documentos y modificaciones y adiciones a seis más, que surgen de la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de México, que también indica que los adolescentes entre los 12 y 14 años no podrán ser privados de su libertad en los Centros Especializados de Readaptación y Tratamiento para Menores Infractores, aunque hayan cometido delitos graves, como se mencionó anteriormente.
Los legisladores tuvieron que sesionar en cinco ocasiones ayer, para dar cumplimiento al mandato constitucional, y de acuerdo con la creación de esta nueva legislación, y según lo dio a conocer José Ramírez Guzmán, quien presidió los trabajos de la Comisión Especial, la decisión de otorgar ocho años a los menores en casos de delitos graves fue para no mantener internados a adultos con niños o adolescentes.
?En el caso de Quintana Roo, estuvieron analizando la posibilidad de darles 15 años, pero nosotros consideramos que era demasiado tiempo para mantener a este tipo de adultos con otros menores?, indicó.
Con respecto a los menores entre los 12 y 14 años, por ningún motivo podrán ser internados en los Centros antes mencionados, muy a pesar del delito que hayan cometido, mientras que en los casos de cero a 12 años será el DIF Estatal el que se haga cargo de los mismos.
Por otro lado, Jesús Alvarado Cabrales, presidente de la Gran Comisión del Congreso del Estado, manifestó que por lo pronto se creó un Sistema de Justicia para Menores Infractores autónomo, que operará por espacio de tres meses, por lo menos hasta que termine el año.
Posteriormente se podrá pensar en modificaciones a la Constitución Política de Durango, para que este Sistema pueda ser incluido al Poder Judicial del Estado de Durango.
Según se pudo conocer, por el momento no se tiene pensado en nadie con respecto a los tres jueces que deberán llevar los casos de los menores, ni tampoco en el magistrado.
De hecho, el Ejecutivo estatal tiene obligación de nombrar en diez días más estos cargos, según se indica en los artículos transitorios. Los jueces serán a forma de nombramiento y el magistrado a propuesta del Gobernador y ratificado por el Congreso del Estado.
Estudio
Iniciativas de ley, modificaciones y adiciones que presentó la fracción del PRI
· Ley del Procedimiento para Menores Infractores.
· Ley Orgánica del Tribunal de Menores Infractores.
· Ley que Crea los Centros Especializados de Readaptación y Tratamiento para Menores Infractores.
Reformas y adiciones
· Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
· Ley Orgánica de la Administración Pública.
· Código Penal.
· Código de Procedimientos Penales.
· Ley de Seguridad Pública.
· Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia.
Iniciativas que presentaron en forma individual
· Ley de Administración de Justicia para Menores (por el diputado Rodolfo Guerrero PRI).
· Ley del Sistema de Justicia Penal para Menores (por el diputado Edmundo Ravelo PRD).
Fuente: LXIII Legislatura.