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Cambia Seguro Social la autodeterminación de pagos patronales

EL SIGLO DE TORREÓN

TORREÓN, COAH.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aplica algunos cambios operativos en la presentación de la cédula de determinación sin pago de las cuotas obrero-patronales, buscando enterar en tiempo a los representantes legales o patrones sobre los beneficios de dicho convenio. Héctor García Gutiérrez, subdelegado del IMSS en Torreón, comenta que existen alrededor de tres mil 250 empresas que deben autodeterminarse el pago correspondiente de cuotas obrero-patronales, sin embargo, sólo 150 de ellas gozan de los beneficios que brinda este convenio de cancelación de multa por no-pago, así como la condonación del 60 por ciento de las multas establecidas en el acuerdo 187/03. Explica que es común que el personal administrativo de una empresa al no tener liquidez presente la cédula ante el Instituto sin pago, evitando con ello la aplicación de multas. Desafortunadamente, comenta que ?en muchas ocasiones el representante legal o el dueño del negocio desconoce este beneficio, por lo que dejan pasar el plazo otorgado de 30 días naturales para cubrir el adeudo?. García destaca que es común ver que los directivos de la empresa al acudir a las oficinas del IMSS poco saben de esta cédula, por lo que deben pagar gastos de ejecución y multas. Por tal motivo, informa que el Seguro Social solicitará en las cédulas de determinación de cuotas de junio de 2006 que sean presentadas por el patrón o representante legal, entregando la documentación original y copia de escrito patronal, en

el cual manifieste el motivo de su autodeterminación sin pago, así como la identificación patronal expedida por el departamento de afiliación vigencia, una identificación con fotografía, el resumen de liquidaciones, el cual deberá contener nombre, cargo y firma del patrón o representante legal. Otra papelería a presentar es la última hoja de la emisión mensual y bimestral emitida por el instituto, en donde se reflejen los importes totales, el cual podrá obtenerlo accesando a la página, por medio de la firma digital. También se pide copia de la cédula de liquidación generada en el SUA, la cual debe contener nombre y firma del patrón o representante legal, así como el disco SUA del periodo correspondiente. El subdelegado precisa que ?el empresario no debe tomar como una prórroga de pago los 30 días naturales que se otorgan?, sino como un tiempo que otorga el acuerdo para cumplir con su obligación. La estimación hecha es que los ajustes operativos hechos al convenio beneficiará a más de tres mil patrones de la región. La falta de cualquier documento o la no-presentación del patrón o representante legal de la empresa, obligará al Seguro Social a no certificar la autodeterminación sin pago.

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