Reitera el abogado Javier Coello Trejo que Ignacio Carrillo Prieto y un grupo de colaboradores integraron las averiguaciones previas sobre la "Guerra Sucia" con falsedades .
Mèxico, (Notimex).- El ex subprocurador de Lucha contra el Narcotráfico, Javier Coello Trejo, acudió esta mañana a la Visitaduría General de la PGR a ratificar su denuncia penal contra Ignacio Carrillo Prieto, fiscal especial para la investigación de Movimientos Políticos y Sociales del Pasado.
En su calidad de abogado defensor de Miguel Nazar Haro, ex titular de la Dirección Federal de Seguridad, ratificó su acusación contra el fiscal especial y un grupo de sus colaboradores, de quienes dijo, integraron las averiguaciones previas con falsedades.
Reiteró que Carrillo Prieto estaría impedido para ocupar la fiscalía, debido al conflicto de intereses que genera el ser familiar de los presuntamente afectados durante la llamada "Guerra Sucia".
De acuerdo con Coello Trejo, conocido como el fiscal de hierro ?se antepuso a la Ley la venganza por intereses familiares y de grupo para dañar al ex presidente Luis Echeverria, a Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda, entre otros".
En su denuncia con el folio 038167 se presume la responsabilidad penal de Raúl Pérez González, Héctor B. Palacios Amaro, Gerardo Márquez Huesca en su calidad de agentes del Ministerio Público Federal.
También involucra a los servidores públicos, Fidelia R. García Medina, Enoc Gilberto Maldonado Caraza, Erika Flores P. y Félix Zacapala Guzmán, quienes dependen jerárquicamente de Ignacio Carrillo Prieto.
Todos ellos, integraron las averiguaciones PGR/FEMOSPP/0172002 y PGR/FEMOSPP/136/2003 que están plagadas de irregularidades y falsedades, según declaró Coello Trejo.
Pese a que juró objetividad y allegarse personal de probada honorabilidad nombró como Director General de Cooperación Participación Ciudadana y Vinculación de la Fiscalía a Mario Ramírez, ex integrante de la Liga Comunista 23 de Septiembre.
Sostuvo que el artículo 71 de la Ley Orgánica de la PGR señala que ?los AMPF deben excusarse del conocimiento de los negocios en que intervengan, cuando exista alguna causa de impedimento que la ley señala. Y si a sabiendas de que está impedido, lleva a acabo diligencias podrá ser sancionado?.
En la denuncia de 44 cuartillas, son señalados esos servidores públicos particularmente porque degeneraron la integración de las averiguaciones 017/2002 y 316/2003 que dieron origen a las causas penales 62/2003 y 53/2005.
De esa manera, dijo, todos ? incumplieron los principios de certeza al alterar y falsificar documentos; legalidad, al apartarse de las atribuciones que marca la ley; objetividad al fabricar declaraciones a Juana Orta Pérez, Magdalena Tapia Orta, Juvencio Flores Patiño e Ignacio González González".