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Debaten viabilidad de cadena perpetua

COAHUILA| EN EL ESTADO EN 2005 SE APROBARON REFORMAS PARA ESTABLECER PENAS ACUMULABLES DE 60 HASTA 180 AÑOS DE PRISIÓN

La aplicación de esta pena para los secuestradores ha sido retomada como promesa de campaña por parte de los candidatos presidenciales .

MÉXICO, D.F., (EL UNIVERSAL-AEE).- De manera reciente se ha generado un debate en diversos sectores en torno de la necesidad de endurecer las penas contra ciertos delitos, pero de manera especial en relación con la aplicación, o no, de la llamada prisión vitalicia, mejor conocida como cadena perpetua.

La aplicación de esta pena para los secuestradores incluso ha sido retomada como promesa de campaña por parte de los candidatos presidenciales del PAN y de la Alianza por México (PRI-PVEM), Felipe Calderón y Roberto Madrazo, respectivamente.

Una pieza clave de este debate la representa la decisión que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 6 de septiembre de 2005, cuando determinó que las penas de prisión vitalicias o su equiparable, como la cadena perpetua, no violan la Constitución mexicana.

Después de este fallo, las discusiones en torno de la viabilidad o constitucionalidad o no de la cadena se reactivaron tanto en los círculos jurídicos como políticos.

Los efectos de dicha resolución se vieron tan sólo tres meses después. El martes 13 de diciembre de 2005, en Coahuila, se aprobaron reformas para establecer penas acumulables de 60 hasta 180 años de prisión, equiparables a la cadena perpetua a secuestradores, violadores, homicidas dolosos y delincuentes que

cometan el delito de robo agravado.

La reforma que se realizó en Coahuila respondió a una promesa de campaña que realizó como candidato el gobernador Humberto Moreira Valdés.

A tan sólo 13 días de su llegada como mandatario estatal, Humberto Moreira logró que el Congreso materializara su promesa de endurecer las penas contra los delincuentes, a pesar de la polémica que se desató en su localidad, especialmente porque dicho estado no registra niveles altos de delincuencia.

Ahora la promesa de aplicar penas de prisión vitalicia está en la mesa de los candidatos presidenciales.

Con la decisión que adoptó el 6 de septiembre de 2005, la SCJN modificó un criterio que ella misma había emitido el 2 de octubre de 2001, cuando, tras una votación dividida, la mayoría de ministros del alto tribunal determinó que la cadena perpetua era una pena inusitada prohibida por el artículo 22 de la Constitución.

En gran medida el cambio en el criterio del año 2001 se generó con el relevo y la llegada de tres nuevos ministros a la Suprema Corte de Justicia en 2003 y 2004.

Margarita Beatriz Luna Ramos es una de las ministras que ingresó a la Corte en 2003 y que influyó con su voto en el cambio de criterio que ahora permite que la cadena perpetua se aplique en México.

La ministra Luna Ramos formó parte de los seis ministros de mayoría del pleno que declararon que las penas de prisión vitalicias no violan la Constitución.

En cambio, Juan N. Silva Meza, el único ministro especializado en derecho penal en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fue uno de los integrantes del pleno que impulsó en 2001 que la cadena perpetua fuera calificada como inconstitucional.

En septiembre del año pasado Silva Meza volvió a reiterar su postura, pero esta vez la mayoría no estuvo de su lado.

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