El Siglo de Durango
El Congreso del Estado parece que tendrá 16 áreas en donde estará prohibido fumar, pero podrían incrementarse ya que aún se discute si las oficinas de los diputados, los órganos administrativos, técnicos y de apoyo pueden ser catalogados como áreas permitidas para consumir tabaco, en vista de que podrían considerarse como de no atención al público.
Según información que dio a conocer ayer Jesús Alvarado Cabrales, presidente de la Gran Comisión de la LXIII Legislatura, ya se tiene formado el proyecto de lo que sería el Reglamento del H. Congreso para la Aplicación de la Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Durango, que consta sólo de diez artículos y uno transitorio.
Aunque aún falta por discutir algunas cosas con respecto al reglamento, los consensos indican que es posible que haya 16 áreas en donde se impedirá fumar, ya que la Ley de Protección a los No Fumadores lo estipula y prohíbe para las áreas en donde existe atención al público.
El reglamento que se emitirá posiblemente antes del 28 de septiembre, fecha límite para que se formule este documento, tal como lo establece la legislación de referencia, deberá ser cumplido por todos los servidores públicos que laboren en el Congreso del Estado, así como en los órganos administrativos, técnicos y de apoyo.
En caso de que alguna persona ajena al recinto incurra en incumplimiento a la Ley de Protección a los No Fumadores, se procederá conforme a lo que marca dicha legislación, en donde se indica que será retirada del lugar, aunque en casos de incidencia podría incluso ser puesta a disposición del Juez Administrativo para multa o hasta para encarcelamiento temporal.
De este modo, serán destinadas áreas para fumar y otras para no fumar. Entre las que mantienen restricciones están el mismo salón del pleno, la sala de prensa, los espacios de juntas, biblioteca, los sanitarios, el área secretarial en donde se encuentran los diputados, las escaleras, corredores, patios, etcétera.
Solamente las áreas que aún están en discusión y que aún no se han consensuado son el interior de las oficinas de los mismos diputados y de los órganos administrativos.
Es posible que en cuanto a las oficinas de los diputados se busque para los fumadores oficinas con ventanas al exterior.
Para que no fumen los diputados, sitios donde estará prohibido hacerlo:
· Vestíbulo.
· Salón de pleno.
· Sala de prensa.
· Salas de juntas, independientemente de su denominación.
· Biblioteca.
· Sanitarios.
· Área de enfermería.
· Patios o corredores interiores.
· Escaleras.
· Área secretarial de diputados.
· Área de registro.
· Archivo.
· Unidad de Acceso a la Información Pública de la Oficialía Mayor del Congreso del Estado.
· Oficialía Mayor.
· Gran Comisión.
· Áreas de atención al público.
Fuente: Proyecto de Reglamento del H. Congreso para la Aplicación de la Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Durango.