La desaparición de poderes es una de las facultades cuya utilización implica una medida drástica de entre todas las que la Constitución federal le confiere al Gobierno de la República. Concretamente al Senado.
Aunque no es muy antigua, pues apareció por primera vez en la Constitución de 57 cuando se restauró el Senado (1874), así pasó a la Constitución del 17 y se reglamentó hasta 1978.
Es sin duda un arma de naturaleza política que desemboca en una resolución declarativa (la desaparición de los poderes de un estado) y que sólo puede operar cuando no exista previsión en la Constitución del estado de que se trate.
Al decir de los estudiosos del derecho constitucional “es una facultad propia del constitucionalismo mexicano sin precedente en ningún otro sistema”.
Durante mucho tiempo fue utilizada como arma política para deponer o defenestrar a gobernadores que no eran del agrado del presidente en turno.
Aun y habiendo razones de fondo para hacerlo, en ocasiones se consumaron verdaderos atropellos a la autonomía local. Porque los conflictos internos de un estado se inventaban o magnificaban para tumbar a un gobernador.
Nuestra historia registra más casos en que la causa de fondo de la desaparición de poderes de un estado fue la animadversión política que aquéllos en que existió un verdadero estado de ingobernabilidad.
Pero bueno. No nos debe extrañar ese tipo de acciones porque como afirmara Tomás Hobbes en su “Leviatán”: por lo común son los sentimientos y de manera especial las pasiones las que motivan el actuar del hombre en sociedad.
Todo lo anterior viene a colación obviamente por el caso Oaxaca respecto del cual el Senado ha determinado integrar una comisión que verifique in situ si es verdad que en todo el estado hay una situación de ingobernabilidad que hace imposible el funcionamiento de los tres poderes locales.
Sin embargo, no bastará que la comisión determine que tal es el estado de cosas en Oaxaca, sino que el dictamen que se presente ante el pleno en el que se proponga la desaparición de poderes y el nombramiento de un gobernador provisional que convoque a nuevas elecciones, debe ser aprobado por la mayoría calificada de los senadores presentes en la sesión en que se trate el caso.
Si nos atenemos al número total de senadores (128), suponiendo que se encontraran todos presentes en la sesión se requeriría que en números totales, cuando menos 86 senadores estuvieran de acuerdo con el dictamen.
Debemos puntualizar que no es común el que se hagan presentes en una misma sesión la totalidad de los senadores, por lo que faltando algunos, como sólo votan los presentes, las dos terceras partes sería un número menor de legisladores. Pero partamos del supuesto hipotético de que se encuentran todos, esto es, los 128.
Veamos si la “desaparición” es matemáticamente posible atendiendo a la composición del Senado y partiendo de la base de que el PRI se opondría a la medida.
El Partido Revolucionario Institucional cuenta con 33 senadores. El PAN con 52. El PRD con 29. Convergencia con 5. El PT con 2. El Verde con 6, y el Panal con1.
Para lograr la mayoría calificada de acuerdo con la disposición constitucional sería necesario que votara a favor de la desaparición de poderes en Oaxaca el 85.32 por ciento de los senadores. Digamos entonces que se requerirían en cifra cerrada 86 de ellos.
Si como comentamos partimos del supuesto que el PRI se va a oponer, se hará necesaria una alianza entre distintos partidos para alcanzar ese porcentaje.
Puede darse el caso que el PAN y el PRD votaran juntos. Pero no lograrían ese porcentaje porque sólo serían 81 senadores.
Si votan juntos el PAN, PRD, PT y Convergencia, serían 88 y podrían aprobar la declaración.
Si votaran todos, menos los del PRI y del Verde, se alcanzaría la cifra de 89 y también sería procedente la aprobación del dictamen.
Pero si a los votos anteriores le sumamos los del Verde aunque hayan sido aliados del PRI en la elección constitucional, porque en este asunto no coincidan con ellos, la cifra llegaría a los 95 senadores y también sería viable aprobar el dictamen.
Analizar en abstracto y jugar con los números es muy fácil. Pero la verdad es que en los congresos se presenta un sinnúmero de intereses entre los partidos, de manera que hacer alianzas o estructurar pactos no es tan sencillo; y aunque el PRD tiene interés en que se declare la desaparición, en el fondo le estarían ayudando a Felipe Calderón para que no heredara un grave conflicto. Dudo que actúen sin considerar ese elemento político. De hecho se afirma que todas las fracciones están divididas.
No debemos perder de vista tampoco, que en tratándose de la desaparición de poderes, la Constitución prevé que la ingobernabilidad se dé por sí misma y no sea inventada o prefabricada. Decimos lo anterior, porque ahora resulta que los de la APPO y la Sección 22 del magisterio, andan desatados en Oaxaca desalojando por la fuerza oficinas públicas, con el fin de que cuando llegue la comisión del Senado encuentre un clima de ingobernabilidad en todo el estado.
Eso jurídicamente implica fabricar los elementos para ajustarlos a la Ley y no debe permitirse porque constituye un fraude.
Por todo lo anterior, el Senado deberá actuar con extrema prudencia y fundar muy bien su determinación en el caso que decida declarar desaparecidos los poderes en Oaxaca. De otra manera se dará un salto de treinta años... pero hacia atrás.