El Siglo de Durango
Hoy, el Gobierno del Estado así como los municipios deberán abstenerse de hacer propaganda política de obra pública y desarrollo social; así también, deberán evitar hacer publicidad de los servidores públicos, según acuerdo del Instituto Federal Electoral (IFE). Sin embargo, debido a que este órgano sólo puede tener control sobre los partidos políticos y, en caso de que hubiera alguna infracción, las sanciones serían solamente para los partidos políticos, pues no hay injerencia legal para con la administración pública.
El pasado 19 de febrero, el Consejo General del IFE aprobó el acuerdo anterior y determinó establecer las reglas de neutralidad, que indica lo que deberán seguir los servidores públicos. Así, entrarán en el mismo acuerdo el Presidente de la República, los gobernadores de los estados, el jefe de Gobierno del Distrito Federal, los presidentes municipales y los jefes delegacionales en el Distrito Federal.
Entre los puntos del acuerdo se manifiestan algunos delitos electorales tipificados por el Código Penal Federal, así como otros que se encuentran en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como otras leyes estatales, de tal modo que podrían ser sancionadas tanto por el IFE como por las instancias judiciales correspondientes.
En los puntos IV y V del acuerdo se contemplan, sin embargo, aspectos que no están plasmados en los documentos antes expuestos; sin embargo, Hugo García Cornejo, presidente del Consejo Local del IFE, manifestó que el instituto no tipifica delitos, sino que sólo recibe denuncias y según la competencia las envía a las instancias correspondientes, y en su caso las instituciones, como en su caso el Ministerio Público o un juez, determinarán si se da la figura de un ilícito o no.
Los puntos IV y V refieren el acuerdo para que en los 40 días naturales anteriores a la jornada electoral y durante la misma, los servidores públicos se abstengan de hacer campañas publicitarias de programas de obra pública y desarrollo social. También invita a la abstención de que los servidores públicos publiciten su imagen personal a través de inserciones en los medios de comunicación.
Hugo García comentó que en caso de que los servidores públicos no acaten las disposiciones del acuerdo del IFE, serán los partidos políticos los que serán sancionados por parte de esta institución electoral, ya que carece de figura legal para hacerlo en contra de los servidores públicos o instituciones gubernamentales.
García Cornejo subrayó que la forma de sancionar a los partidos, en caso de que se cometa desacato al acuerdo, se dará debido a que las acciones se vincularán con los simpatizantes de los institutos políticos.
Cobertura
Abstención de propaganda en medios de servidores públicos
· En Internet.
· Prensa.
· Radio.
· Televisión.
· Bardas.
· Mantas.
· Volantes.
· Anuncios espectaculares.
· Otros.
FUENTE: Acuerdo CG39/2006 del Instituto Federal Electoral.