Durango

Desmiente Conciliación que se actúe con favoritismos

EL SIGLO DE DURANGO

DURANGO,DGO.- Descarta la Junta Local de Conciliación y Arbitraje que se haya actuado de manera irregular en el caso de Francisco Chavira González, ex empleado del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Según dio a conocer Chavira González, ex auxiliar de la Secretaría de Acción Electoral del Comité Directivo Estatal priista, fue despedido injustamente el 30 de noviembre de 2005; por tanto, el 5 de enero, al ver que no se le cubriría su liquidación, demandó indemnización, salarios no pagados y la parte proporcional de diversas prestaciones a que asegura tener derecho.

Dijo dudar de la actuación de la Junta y habló de favoritismos porque se aceptó un incidente de nulidad fuera de tiempo y forma; además, los abogados de Adrián Valles, líder del PRI, son Efrén y Gabriela Alvarado Zamarripa, hermanos del Vicepresidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

Ana Bertha García Adame, presidenta de la Junta, refiere que en este caso, el incidente que se presentó debía ser aceptado ya que la parte en su derecho conforme al artículo 763 de la Ley Federal de Trabajo.

?No se ha violentado ninguna norma, no se puede prejuzgar, se debe admitir porque, si no, habría una violación procesal?, exterioriza.

La funcionaria estatal reconoce que, en efecto, los abogados de la parte patronal son hermanos del Presidente Auxiliar, pero éste no ha tenido conocimiento del asunto.

Tras calificar a Alvarado Zamarripa como una persona recta, la entrevistada indica que conforme a la legislación que los rige, éste presentó una excusa y, de esta forma, no ha tenido injerencia alguna en el litigio y mucho menos la tendrá en la elaboración del proyecto de resolución.

En su lugar, para este expediente exclusivamente, está Adrián Meléndez Guzmán, secretario de Acuerdos de la Junta. ?Está todo apegado a Derecho?, insiste Adame García.

Afirma que el procedimiento está vigente y que se ha citado a audiencia el próximo 18 de mayo a las 12:00 horas. Dicha fecha obedece a la propia agenda de la Junta, según da a conocer.

Cabe mencionar que el artículo 763 al que hace referencia la Presidenta de la Junta cita: Cuando se promueva un incidente dentro de una audiencia o diligencia, se sustanciará y resolverá de plano, oyendo a las partes; continuándose el procedimiento de inmediato. Cuando se trate de nulidad, competencia y en los casos de acumulación y excusas, dentro de las veinticuatro horas siguientes se señalará día y hora para la audiencia incidental, en la que se resolverá.

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