El INEGI se convierte en un órgano autónomo, como el Banco de México y el IFE.
MÉXICO, D.F., (EL UNIVERSAL-AEE).- El Senado de la República hizo la declaratoria para dotar al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) de autonomía de gestión y presupuestaria.
Con esto, se completa el proceso de aprobación de una reforma constitucional por el Constituyente Permanente, que comprende a la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores y la mayoría de los congresos estatales.
Luego de la declaratoria, ésta se turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y posterior entrada en vigor.
Ayer se hizo público que los congresos de Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Colima, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas habían avalado las reformas a los artículos 26 y 73 de la Constitución.
Actualmente el INEGI es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dependiente de esta dependencia, aunque con alguna autonomía en sus decisiones.
Entre sus funciones se cuenta la de divulgar la información estadística y geográfica del país y determinar la política en materia de información del Gobierno Federal.
La aprobación de la autonomía se dio el 4 de octubre de 2005 en la Cámara de Diputados y el 24 de noviembre del mismo año en el Senado de la República. Posteriormente se envió a los congresos estatales para su ratificación.
Ayer culminó el proceso y sólo falta la promulgación por parte del Ejecutivo. Con la reforma, el INEGI se convertirá en un órgano autónomo, como el Banco de México (Banxico), el Instituto Federal Electoral (IFE) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Además, se crea el Sistema Nacional de Información, Estadística y Geografía, que será el encargado de recopilar toda la información de los tres órdenes de Gobierno, es decir, el federal, estatal y municipal.
Este nuevo órgano autónomo será encabezado por una Junta de Gobierno que constará de cinco miembros. Para elegir a los integrantes de la junta, el Presidente de la República enviará una propuesta al Senado de la República, que
deberá ratificar los nombramientos.