EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- El arraigo es una medida necesaria y contemplada dentro de la Ley, ya que redunda en beneficio de la sociedad al permitir enviar a prisión a sujetos que cometieron un delito, que por lo general es grave, declara el subdirector de Averiguaciones Previas de la Subprocuraduría de Justicia de la Región Laguna Durango, Alejandro Moreno Valadez.
Ante la polémica desatada en torno a la figura del arraigo, en la cual no termina de ponerse de acuerdo profesionales del derecho, agentes investigadores del Ministerio Público, jueces y magistrados, el subdirector de Averiguaciones Previas fija su postura a favor del arraigo.
El Artículo 135 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Durango, dice, contempla este recurso, ya que permite al agente investigador del Ministerio Público integrar en forma debida y completa la Averiguación Previa, a fin de evitar que el acusado se sustraiga de la acción de la justicia.
El arraigo, precisa, es un recurso, no un sistema, es decir, no se utiliza en forma frecuente, salvo en casos especiales donde se tiene la certeza de la responsabilidad del sujeto que cometió el delito y hay que detenerlo para evitar que huya, pero es necesario hacer acopio de las pruebas suficientes para consignar ante el juez penal.
Con relación a la privación ilegal de la libertad o libre tránsito de las personas por esa medida, Moreno Valadez expone que por lo general a todos los arraigados se les gira la orden de aprehensión una vez elaborada y consignada la Averiguación Previa, lo que comprueba su efectividad.
?Cuando ya tenemos comprobado el cuerpo del delito y se cuenta con los elementos suficientes de la probable responsabilidad del sujeto, el caso es consignado, pero para ello en ocasiones se necesitan más de 48 horas y es por eso que se solicita al juez penal la orden de arraigo, quien a su vez analiza las pruebas emitidas y luego autoriza la petición?.
Añade por último que dentro del acopio de pruebas se incluyen peritajes que llevan tiempo, así como investigaciones y declaraciones que en ocasiones no se pueden obtener en dos días, motivo por el cual considera conveniente el arraigo.
FRASE
Positivo
?El arraigo es positivo y en beneficio de la sociedad?.
Alejandro Moreno Valadez,
Subdirector de Averiguaciones
Previas en La Lag. De Dgo.