Gómez Palacio

Errores en el Buró pueden rectificarse

René Arellano

La reclamación se debe hacer por Internet o acudir personalmente a la instutución

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- Para solicitar un crédito bancario o la adquisición de un automóvil en pagos, una de las primeras acciones a realizar por quienes ofrecen este tipo de sistemas es corroborar el Buró de Crédito. En caso de aparecer en dicha lista y no deber nada puede presentarse una reclamación ante dicha institución.

?Dado que no puede ejercerse ningún tipo de acción legal en contra del Buró de Crédito, lo recomendable es acudir directamente a la institución, personalmente o a través de Internet para solicitar la rectificación del error?, ´dijo Rolando Rodríguez Rosas, asesor jurídico.

Según los derechos del Consumidor, ?toda persona física o moral tiene derecho a presentar una reclamación ante el Buró de Crédito en caso de existir una imprecisión en los datos contenidos en el Reporte de Crédito? y que por ende implique la negación de una solicitud de crédito.

Tal procedimiento se puede realizar de dos formas: de manera directa o a través de la página electrónica del Buró de Crédito, por medio de la cual la persona física o moral deberá imprimir la solicitud de reclamación y enviarla por este mismo conducto o a través de paquetería a la institución.

?Esto porque dicha institución es la encargada de resguardar dicha información y sólo bajo autorización personal del interesado puede realizarse la revisión?, precisó Rodríguez Rosas.

El procedimiento consiste en turnar la reclamación a la empresa o institución que otorgó el crédito que corresponda siempre y cuando la solicitud esté debidamente llenada y acompañada de los documentos requeridos, o bien se procederá a efectuarse la modificación del historial crediticio cuando el error se compruebe.

Tanto para las personas físicas como morales, que interpongan dicho procedimiento de reclamación obtendrán respuesta en un lapso de 45 días a ser recibida la solicitud y adjuntará, en su caso, un reporte de crédito especial corregido.

Durante dicho periodo del proceso de revisión del historial crediticio de quien reclama, en el Reporte de Crédito se incluye la leyenda ?Registro Impugnado?. Es importante señalar que las personas y empresas tienen derecho a presentar hasta dos reclamaciones en un año sin ningún costo. Las solicitudes adicionales tendrán un costo de 54 pesos.

Reporte de Crédito

La información del Reporte de Crédito es utilizada por Instituciones Otorgantes y Consumidores de crédito.

Para las Instituciones Otorgantes de crédito, dicho documento les permite conocer los datos generales del Consumidor: nombre completo, fecha de nacimiento y Registro Federal de Contribuyentes.

Domicilios particulares y datos de empleo reportados por las Instituciones crediticias.

Créditos contratados, características y condiciones de cada contrato.

Comportamiento histórico de pagos y récord de consultas efectuadas al expediente.

Mientras los Consumidores de crédito pueden:

Conocer su historial crediticio y la forma como reportan la información las Instituciones crediticias.

Tener la información para asumir compromisos inmediatos y a largo plazo.

Obtener su Reporte de Crédito Especial previo a la solicitud de un crédito, para conocer su situación actual.

Identificar información imprecisa o desactualizada para solicitar una aclaración a las Instituciones crediticias.

FUENTE: Buró de Crédito

Leer más de Gómez Palacio

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 229526

elsiglo.mx