Muchas veces, el agente no entrega a la campañía el dinero que cobró al usuario.
El Siglo de Torreón
Torreón, Coah.- De acuerdo con la Comisión Nacional de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), una de las principales causas de reclamación de los usuarios es la negativa de pago de indemnización por parte de las empresas aseguradoras.
Esto se debe, con mucha frecuencia, a la ?disposición de primas por parte del agente?, esto es, cuando el agente no entrega a la compañía aseguradora el dinero que cobró al consumidor, por lo tanto, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) exhorta a tomar precauciones.
La Condusef informa que para que un recibo en materia de seguros tenga validez debe contener la siguiente información: nombre de la aseguradora; número de folio; número de la póliza; número de endoso del beneficio adicional contratado (en su caso); cédula de identificación fiscal de la compañía de seguros; nombre del contratante o asegurado; tipo de seguro; tipo de moneda (nacional o extranjera); forma de pago (mensual, trimestral, semestral o anual); medio de pago (cheque, tarjeta de crédito o efectivo); vigencia del seguro; importe a pagar con número y con letra, además de la clave y nombre del agente de seguros.
Es muy común que los futuros asegurados depositen su confianza en el agente sólo porque ?es muy amable? o porque ?se ve que es honrado?; sin embargo, no es nada recomendable dejar en manos del azar contrataciones tan importantes. Antes de entregar cualquier cantidad de dinero exija al agente que le muestre la cédula que lo acredita como agente autorizado por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en México (LGISMS), se consideran agentes de seguros la personas físicas o morales que intervienen en la contratación de seguros mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, y en el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes.
Entre las funciones y obligaciones de los agentes de seguros, se encuentra informar por escrito y de manera amplia y detallada a quien pretenda contratar un seguro, sobre el alcance real de su cobertura y forma de conservarla o darla por terminada.
Asimismo, los agentes de seguros deben proporcionar a las instituciones de seguros, la información auténtica que sea de su conocimiento relativo al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que la misma pueda formar un juicio correcto sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.
En el ejercicio de sus actividades, los agentes de seguros deben apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de seguros y demás elementos técnicos y contractuales utilizados y registrados por las instituciones de seguros ante la CNSF.
Los agentes de seguros no pueden intervenir en la contratación de seguros cuando su intervención pueda significar situación de coacción o falta a las prácticas profesionales generalmente aceptadas en el desarrollo de la actividad.
Es importante señalar que, en su afán de colocar negocios, los agentes de seguros no deben proporcionar datos falsos acerca de las instituciones de seguros, adversos en cualquier forma para las mismas. Si desea obtener más recomendaciones de seguridad sobre éste y otros temas financieros visite la página en Internet www.condusef.gob.mx
Ojo con el recibo
La Condusef informa que para que un recibo en materia de seguros tenga validez debe contener la siguiente información:
Nombre de la aseguradora.
Número de folio.
Número de la póliza.
Número de endoso del beneficio adicional contratado (en su caso).
Cédula de identificación fiscal de la compañía de seguros.
Nombre del contratante o asegurado.
Tipo de seguro.
Tipo de moneda (nacional o extranjera).
Forma de pago (mensual, trimestral, semestral o anual).
Medio de pago (cheque, tarjeta de crédito o efectivo).
Vigencia del seguro.
Importe a pagar con número y con letra, además de la clave y nombre del agente de seguros.
Fuente: www.profeco.gob.mx