Denuncia la Canirac complacencia de autoridades ante establecimientos ?disfrazados?
El Siglo de Durango
Denuncia la Canirac que aún existen restaurantes que no ?tienen ni una parrilla para calentar una gorda? y que en realidad, su principal ingreso es la venta de licor.
Roberto Álvarez Smith, presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac) en Durango, informa: ?Les dan permiso de funcionamientos a muchos restaurantes disfrazados que sólo venden bebidas. Es algo que el Municipio tiene que hacer una inspección muy fuerte en regular esas gentes, en ponerlas en su lugar?.
?Todos sabemos que si sacan un permiso de funcionamiento de un restaurante pues es a un precio, pero si lo ponen para un antro o un negocio de ese tipo pues tiene otro costo. Esas gentes lo hicieron por influencia o por alguna cosa para poder sacar esos permisos y no les costara tanto?, dice.
Álvarez Smith percibe que en la actual administración municipal han tenido cuidado respecto a otorgar los permisos de funcionamiento a restaurantes disfrazados. ?No he visto un permiso de ese tipo pero sí tienen que dar una revisada antes de que paguen los permisos de funcionamiento y que lo pongan todo en orden, cuáles son restaurantes, antros o cantinas?, estima.
El problema de restaurantes que en realidad son sólo una imagen, es un problema heredado al igual que el ambulantaje.
?A nosotros no nos permiten vender licor para llevar, el consumo tiene que ser interno?. Reflexiona que si bien es cierto que existe la venta de bebidas alcohólicas en algunos restaurantes, es poco probable que se presente un consumo desmedido por parte de los comensales, ya que al combinar la ingesta de esta clase de líquidos con los platillos, los efectos son menos nocivos.
?Hay muchos restaurantes entre comillas, que tienen permiso para funcionar de esta manera pero sí se dedican a la venta de licor, pero los que estamos establecidos y somos restaurante-bar la verdad es que es poca la gente que llega a emborracharse?, glosa.
En el caso de los menores de edad expresa que en los restaurantes les venden sólo si los padres de familia dan su consentimiento, ya que hay veces que por cuestiones culturales sus alimentos son acompañados por ejemplo, de vino tinto.
Opina también que la venta de los denominados litros no debe ser permitida. ?Creo que ahorita, lo que son inspectores y cabildo deben suspender la venta de litros hasta no tener un reglamento adecuado para una cosa de esas?, considera.
?Veo que hay cierta cantidad de establecimientos y la mayoría no tiene permisos para vender y siguen vendiendo litros, estamos como las ventanas clandestinas, dicen que las cierran pero las seguimos viendo abiertas?, manifiesta el restaurantero.
?Ya tienen que poner una medida muy fuerte en esto de lo que son las ventas de litros en la calle?, insiste Álvarez Smith quien asegura, dentro del gremio que encabeza se apegan a la normatividad.
Reglas claras
De la venta al copeo o en envase abierto.
-La venta al público de bebidas alcohólicas al copeo o en envase abierto, sólo se podrá realizar en aquellas empresas o sitios autorizados por el Ayuntamiento, para operar los giros de: restaurante, restaurante-bar, cantina, billar, boliche, centro nocturno, discoteca, salón de eventos sociales, empresa para la presentación de espectáculos públicos, club deportivo, baño público, eventos deportivos profesionales, plaza de toros, lienzo charro, palenque, vía pública, en ferias y fiestas populares tradicionales de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
-Queda prohibido a las empresas que cuentan con licencia de funcionamiento para la venta de bebidas alcohólicas al copeo o en envase abierto, vender bebidas con contenido alcohólico para llevar, independientemente de la denominación que se le dé al producto.
-Se prohíbe a las empresas a que se refiere esta sección, llevar a cabo la venta de bebidas con contenido alcohólico a través del medio conocido como barra libre, o cualquier otra promoción, que implique pagar una cantidad de dinero determinada a cambio de consumir bebidas embriagantes sin limitación alguna en cuanto a la cantidad de las mismas.
FUENTE: Artículo 33. Reglamento de las Actividades Económicas para el municipio de Durango.