El Siglo de Durango
En la instancia federal, el Comité Directivo Estatal del PRI perdió un juicio laboral promovido por un ex empleado del partido, quien demandó haber sido despedido injustificadamente por el entonces presidente estatal del tricolor, Adrián Valles Martínez.
Según consta en la sentencia del juicio de amparo 543/2006, emitida y notificada hace unos días por el Juzgado Primero de Distrito en el estado de Durango, el tribunal laboral de la entidad deberá nulificar las actuaciones hechas por la parte patronal, y emitir por ende un nuevo laudo en apego a esta sentencia.
El 5 de enero del año en curso, Francisco Emanuel Chavira González demandó al CDE del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y a su entonces dirigente, Valles Martínez, por haber sido despedido de su fuente de trabajo ?según él- sin causa alguna que lo justifique.
Narra que fue hasta el 15 de marzo de 2006 cuando los abogados Raúl Efrén y Gabriela, ambos de apellidos Alvarado Zamarripa, promovieron a nombre del PRI un incidente de nulidad de actuaciones contra todo lo actuado por Chavira González ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA).
Pero, luego, el 31 de marzo, Chavira formuló objeción a la personalidad de ambos abogados como representantes legales del PRI y de Adrián Valles, al aportar elementos para combatir la personalidad jurídica de ambos en el litigio.
Pese a ello, el 18 de mayo, la JLCA determinó reconocer la personalidad de los licenciados Alvarado Zamarripa como apoderados legales de la fuente de trabajo demandada: el Comité Estatal priista.
Sin embargo, el demandante se fue a juicio de amparo para solicitar la protección de la justicia federal, ante lo cual en días recientes el Juzgado Primero de Distrito resolvió a su favor, ordenando que la Junta Local ?deje insubsistente? la resolución del 18 de mayo, en la que reconoce la personalidad de los abogados que se presentan a nombre del CDE del PRI y de Adrián Valles.
Chavira explicó a este matutino: ?ahora lo que la Junta Local debe emitir es una resolución en la que no reconozca personalidad a quienes fungieron como representantes del PRI, por lo cual, al vencerse los tiempos del proceso laboral, el laudo debe ser emitido en rebeldía para la parte patronal, y a favor de mis pretensiones por consecuencia?.
Dijo que su relación laboral de varios años estuvo plenamente comprobada como empleado del CDE del PRI de Durango, por lo cual estimó justo que la dirigencia del partido le respete sus derechos, los cuales pidió primero por la vía del diálogo, y al no haber respuesta, se vio obligado a solicitar por la vía legal.