Invalida la Corte observaciones contra Hacienda; descartan irregularidades sobre el manejo de dos mil 200 mdp.
EL UNIVERSAL-AEE
MÉXICO, DF.- El presidente Vicente Fox le ganó un nuevo juicio a la Cámara de Diputados. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un pliego de observaciones que le giró la Auditoría Superior de la Federación (ASF) a la Secretaría de Hacienda, en junio de 2004, para que corrigiera y sancionara a los responsables del manejo irregular de dos mil 200 millones de pesos en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Los ministros de la SCJN no encontraron irregularidad alguna en el manejo de los recursos, pues el dinero cuestionado no pertenece al erario público, sino a un fideicomiso integrado exclusivamente con recursos privados.
El Pleno del alto tribunal determinó que quien incurrió en una violación a la Constitución fue la Auditoria, perteneciente a la Cámara de Diputados, al haber excedido sus facultades por haber fiscalizado un fideicomiso que no contaba con recursos públicos.
Derivado de una revisión a la cuenta pública de 2002, que inició en junio de 2003, la Auditoría concluyó que el SAT no envió a la Tesorería de la Federación (Tesofe) dos mil dos millones de pesos que recaudó por concepto del Derecho de Trámite Aduanero (DTA) y que, por tanto, le generó un perjuicio a la hacienda pública por dicha cantidad.
Con base en esta determinación, en junio de 2004, la Auditoría le envió al SAT un oficio para que corrigiera las irregularidades en un plazo de 45 días.
En respuesta a esta decisión, el secretario de Hacienda, Francisco Gil Díaz, a nombre del presidente de la República, Vicente Fox, promovió ante la SCJN un juicio de controversia constitucional en contra de la Auditoría y de la Cámara de Diputados, en el que pidió la invalidación del oficio, porque el dinero impugnado forma parte de los pagos por concepto de los servicios de procesamiento electrónico de datos en las aduanas a cargo de empresas privadas, el cual se maneja a través de un fideicomiso con recursos de particulares y no con dinero público.
Como primera medida, en septiembre de 2004, el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo ordenó la suspensión de las observaciones realizadas en el oficio girado por la Auditoría, como una medida precautoria en tanto se resolvía el fondo del juicio.
Y este lunes, de manera unánime, el pleno de la SCJN declaró la invalidez de dichas observaciones por considerarlas inconstitucionales.