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Incumplen pago de utilidades

Irregularidades | En México sólo 0.01 por ciento de las compañias dan la prestación de Ley a sus empleados.

Advierte el Congreso del Trabajo que empresarios escatiman el pago bajo diversas argucias legales .

Notimex

México, DF.- El Congreso del Trabajo (CT) alertó que menos de la mitad de los más de 13 millones de trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recibirán este año reparto de utilidades debido a ?argucias legales? de los empresarios.

"En términos generales el reparto de utilidades es una prestación de Ley que escatiman empresarios bajo diversas argucias legales", reconoció Enrique Aguilar Borrego, titular de la Comisión de Asuntos Económicos del CT.

Sin embargo, el también secretario general de la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios (Fenasib) precisó en entrevista que ello no significa que las empresas burlen a sus trabajadores, sino que aprovechan instrumentos legales para bajar o anular los costos del reparto anual de utilidades.

"La Ley permite a los empresarios hacer deducciones en sus declaraciones de utilidades como son los incrementos en gastos de operación como insumos, así como reportar pérdidas", explicó.

El funcionario detalló que en México sólo 0.01 por ciento de las empresas reparten utilidades con sus empleados y generalmente son las más grandes.

La mayoría de los empresarios prefiere recurrir y pagar despachos contables que les procuran ahorros de cientos de millones de pesos en el reparto de utilidades, abundó.

Incluso, subrayó, cada vez es más frecuente que contraten empleados mediante el mecanismo conocido como outsourcing, para evadir responsabilidades laborales de esa índole.

Indicó que ante esa problemática el movimiento obrero organizado propondrá una revisión profunda del asunto durante la reunión de la Comisión Nacional de Reparto de Utilidades, que se efectuará este año y que sesiona cada diez años.

Dicha comisión está integrada por las secretarías del Trabajo y Previsión Social (STPS) y Hacienda y Crédito Público (SHCP), con representación de los sectores obrero y empresarial.

Aguilar Borrego señaló que entre las propuestas que el CT hará, figura la de imitar el modelo español, donde el reparto de utilidades tiene un tope de tres meses de salario por trabajador.

El reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores consagrado en el Artículo 123 constitucional y el plazo para su pago vence el 30 de mayo.

Los descuentos en esa prestación están prohibidos, excepto cuando se trate del pago de deudas contraídas con el patrón, por anticipo de utilidades, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa.

La cantidad exigible no podrá ser mayor del importe de las utilidades que le correspondan al empleado, o por pago de pensiones alimentarias en favor de la esposa o hijos y ascendientes decretados por la autoridad competente.

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