Gómez Palacio

Multarán a escuelas que no informen sobre sevicios que ofrecen

EL SIGLO DE TORREÓN

GÓMEZ PALACIO, DGO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) sancionará a las escuelas particulares que no cumplan con la Ley, según el acuerdo que establecen las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan dichas instituciones.

El subdelegado en esta ciudad, Jesús Moctezuma Quintana Armijo, informó que las escuelas particulares están obligadas a informar por escrito a los padres de familia, tutores o usuarios sobre diversos aspectos.

Entre éstos, destaca el costo total a pagar por la prestación de servicios como: inscripción o reinscripción; colegiaturas y el número de éstas; derechos por incorporación en su caso; cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, etcétera.

Las instituciones también deben dar a conocer el reglamento escolar; el nombre de los principales directivos y horario de oficina; calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por retrasos.

Los padres de familia también deben ser informados sobre el costo de los servicios de transporte y alimentación.

Para las escuelas privadas, existe la prohibición de realizar un cargo adicional a los pagos por concepto de colegiaturas, si éste se realiza dentro de los diez días naturales de cada mes.

En caso de ajuste por concepto de cobro, en cualquiera de los servicios ya señalados, éste deberá ser presentado a los padres de familia, cuando menos 60 días antes del periodo de reinscripción, debiendo recibir opiniones.

Quintana Armijo manifestó que tampoco pueden incrementar la colegiatura durante el periodo escolar, a menos que el aumento se acuerde con la mayoría de los padres de familia mediante una convocatoria previo acuse de recibo, donde deberá justificarse la fuerza mayor del incremento sustancial.

Según la Profeco, el uso de uniforme escolar no es obligatorio, pero si se acepta su uso, no se podrá obligar a adquirirlo en la escuela ni en un lugar determinado.

El convenio del modelo de uniforme deberá llevarse a cabo cuando menos 60 días antes del periodo de inscripciones; de igual forma, el uniforme deberá estar vigente cuando menos por periodos de cinco años.

Prohibiciones

Otras de las prohibiciones que se aplican a las escuelas particulares son:

· Establecer cuotas o aportaciones ordinarias con carácter de donativo en efectivo en especie, en forma obligatoria, ya que éstas serán estrictamente en forma voluntaria.

· Exigir a los padres de familia que adquieran con determinados proveedores, útiles escolares, vestuario, libros y otros artículos o servicios que puedan ser adquiridos en el comercio en general.

· Obligar o exigir gastos que impliquen la celebración de eventos cívicos, sociales o recreativos.

· Exhibir a estudiantes cuyos padres o tutores, no cumplan con aportaciones ordinarias o extraordinarias, mediante listas, nombramientos u otra forma.

FUENTE: Profeco

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