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México, DF.- A partir de hoy, los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca podrán realizar pagos provisionales semestrales del ISR, excepto si ya realizaron al menos una declaración mensual.
Para ello, explica la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en la primera determinación de modificaciones a la resolución de facilidades administrativas para estos sectores en 2006, los interesados deberán presentar su aviso de opción a más tarder el 31 de este mes. En el Diario Oficial de la Federación, precisa que en esos mismos plazos se podrán pagar las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se efectúan a terceros por el ejercicio de este año.
Indica que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) resolvió que las personas morales o físicas dedicadas a estas actividades que elijan esta opción de pago deberán presentar en el mismo periodo la declaración de los impuestos al Valor Agregado (IVA) y al Activo (Impac). Para estos efectos, detalla que estos contribuyentes que por el ejercicio 2006 opten por realizar pagos provisionales en forma semestral deberán presentar su aviso de opción a través de la forma fiscal R-2, anexos dos, cuatro o cinco ante las autoridades fiscales antes de que concluya este mes.
Aclara que esta disposición no será aplicable cuando se trate de contribuyentes que por el ejercicio de 2006 ya hubieran presentado al menos una declaración o pago provisional de ISR en forma mensual.
En la resolución que entra en vigor este 21 de julio, señala que los contribuyentes que ya presentaron su aviso de opción para enterar sus pagos en forma semestral no tendrán obligación de efectuarlo mediante la forma R-2 referida.
La SHCP expone que las agrupaciones ganaderas podrán presentar su dictamen simplificado, una relación ordenada alfabéticamente de la operación de enajenación celebrada por cuenta de sus integrantes y que contendrá los datos de identificación de la organización que expide las facturas por cuenta de pequeños ganaderos.
Asimismo, abunda, incluirá los datos de identificación del pequeño ganadero, factura, cantidad de bienes o mercancías y su descripción, precio unitario, importe de la enajenación, fecha de cobro y el importe cobrado.
La dependencia agrega que el contador público registrado opinará del resultado del examen efectuado sobre la facturación de las agrupaciones ganaderas que amparen las operaciones de enajenación realizadas a nombre de los pequeños ganaderos.