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Plaza Pública| Contribuyentes indefensos

Miguel Ángel Granados Chapa

Se salió con la suya el presidente Vicente Fox: durante su sexenio no funcionará un instrumento legal para la defensa del contribuyente. Primero vetó la Ley que lo establecería, pero como el Congreso insistió y le ordenó su publicación, el Ejecutivo elude ahora su cumplimiento mediante la presentación de una controversia constitucional.

La senadora priista Marta Tamayo, presentó en diciembre de 2003 una iniciativa de Ley para crear la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Era obvia la intención de dotar a los ciudadanos que a menudo se encuentran inermes ante el fisco un instrumento orgánico para enfrentar las arbitrariedades del sistema tributario, algo que en condiciones normales es asequible sólo a contribuyentes poderosos, que derrotan al Gobierno cuando reclaman devolución de impuestos o cuando buscan eludirlos.

El proyecto corrió de inmediato en el Senado pero sólo hasta abril de 2005 lo aprobó la Cámara de Diputados, y fue enviado al Ejecutivo, que lo retuvo dos meses y finalmente le formuló observaciones, es decir lo vetó. A diferencia de otras oportunidades en que ese poder presidencial ha sido utilizado como una especie de extensión del debate legislativo pues el presidente objeta normas a que las bancadas panistas se opusieron, en esta ocasión tanto en el Senado como en San Lázaro las comisiones de hacienda, encabezadas por los panistas Fawzi Handam y Gustavo Madero, habían acogido la iniciativa de la senadora Tamayo, la modificaron en términos que tuvieron general aceptación y se sumaron al resto de las fracciones en su aprobación. Por eso la votación favorable fue casi unánime. Por ejemplo, en la Cámara de Diputados tuvo 354 votos en pro, ninguno en contra y sólo una abstención.

Pero esa procuraduría no es grata en la Secretaría de Hacienda, que si bien cuenta con mecanismos de atención a los causantes, en general ejerce sus funciones del modo imperativo que le permiten las Leyes y que da lugar a lo que a menudo se denomina terrorismo fiscal. Con el argumento de que un nuevo órgano en materia tributaria amén de costoso y redundante (pues en cierto modo entraría en el ámbito del Tribunal de justicia fiscal y administrativa) podría dañar los montos de la recaudación, se objetó el nuevo instrumento. Todas eran falacias, especialmente la última, pues el mecanismo estaba concebido para servir a los contribuyentes de recursos tales que no les permiten pagar defensa privada, eficaz pero onerosa. Por eso en el proyecto original se había fijado un límite para los asuntos que conocería el nuevo organismo, cuya cuantía no debe exceder a los siete mil salarios mínimos al año.

El argumento formal utilizado por el Ejecutivo para su veto consistió en denunciar la autonomía presupuestaria atribuida en la Ley a la Procuraduría. Se echa de ver ahora con claridad que se trataba sólo de un argumento dilatorio, de dejar que pasara el tiempo antes de instrumentar las funciones de defensa del causante. Quizá en ese entendido el Senado aprobó de nuevo la Ley en septiembre del año pasado, y lo mismo hicieron los diputados en abril pasado. Esta vez el presidente Fox se vio obligado a publicar la Ley y a comenzar su cumplimiento. Hizo lo primero el cuatro de septiembre, pero no lo segundo. El paso inicial tras el comienzo de la vigencia de la nueva norma consistía en designar al titular de la Procuraduría, que correspondía hacer al Ejecutivo ante el Senado de la República, en un plazo de 30 días. Cuando ese término venció, en vez de hacer las propuestas respectivas, el presidente decidió combatir de nuevo la Ley, esta vez mediante una controversia constitucional. De su inicio se notificó al Senado el viernes pasado.

Esta vez el presidente objeta los artículos nueve y doce de la Ley, referidos a la designación del procurador y de los integrantes del órgano de Gobierno. El argumento de la consejería jurídica de la Presidencia consiste en señalar la intromisión del Senado en la esfera de competencia del Ejecutivo. Éste debe presentar a dicha Cámara una terna, de cuyos integrantes los senadores elegirán al titular de la Procuraduría. Y los propios legisladores, sin intervención presidencial, designarán a los consejeros independientes del órgano de Gobierno, lo que tiene sentido precisamente para garantizar su independencia respecto del Ejecutivo.

En realidad, el propósito es que transcurran los días que faltan para que concluya el sexenio (51 a partir de hoy, miércoles 11). Salvo que la controversia fuera desechada de plano por la Corte, lo que obligaría a Fox a acatar la norma y proponer el nombramiento, la tramitación del nuevo recurso proveniente de la casa presidencial llevará no sólo las siete semanas que nos separan del treinta de noviembre sino mucho más, lapso en que no acabará de nacer el indispensable órgano, análogo en su intención y aun en su denominación a la Procuraduría de Defensa del Trabajo, que permite a los asalariados en desamparo promover sus derechos ante los tribunales laborales.

El Artículo primero de la Ley que debió dar vida al organismo no nato le asigna la función de ?garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, mediante la asesoría, representación y defensa, recepción de quejas y emisión de recomendaciones?. Y el segundo lo define como ?un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión?.

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