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Presentan queja en CDHEC contra celadores de la cárcel municipal

Luis Morales

EL SIGLO DE TORREÓN

Torreón, Coah.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila (CDHEC) ya recibió la queja de los padres de Sergio Gerardo Ultreras Martínez, joven interno que se suicidó la mañana del seis de noviembre, en la cárcel municipal ante la presunta omisión de responsabilidades de los celadores.

?La obligación de cualquier celador no es sólo encerrar, sino resguardar y cuidar la seguridad del detenido. Tan tienen presente este concepto, que al ingresar a las celdas les quitan las cintas de los zapatos y el cinturón para que no atenten contra su vida?, dice David Omar Sifuentes Bocardo, segundo Visitador de la CDHEC.

El caso será analizado para deslindar responsabilidades, ?que en el caso de existir, serían aplicadas sanciones administrativas?, comenta Sifuentes Bocardo con relación a la muerte de Sergio Gerardo, detenido a las 2:00 horas del citado lunes, por policías, cerca de su casa en la colonia El Roble.

Entre las obligaciones sobre resguardar a los detenidos se encuentra alimentarlos, verificar su estado de salud, su vigilancia. ?Si el hombre estaba agresivo como dicen, fue bueno cambiarlo de celda, pero en su condición de intoxicado, la vigilancia es más necesaria?.

Durante su visita a la CDHEC, los padres de Sergio Gerardo reconocieron que el joven estaba alterado y que los policías batallaron para someterlo y subirlo a la patrulla, pero comentan que el problema fue en la cárcel dependiente del Tribunal de Justicia Municipal.

?No sabemos si los celadores son muchos o pocos, tampoco sobre su capacitación, vamos a valorar todos los aspectos?, señala por último Sifuentes Bocardo.

Obligaciones

La Ley indica las responsabilidades sobre el resguardo adecuado de los internos de la cárcel municipal.

Artículo 60.- El presidente del Tribunal de Justicia Municipal es el responsable del manejo y

supervisión de la cárcel municipal...(fracción).

Artículo 61.- El alcaide de la cárcel municipal es directamente responsable de la vigilancia y

custodia física de las personas arrestadas.

Artículo 66.- Los responsables de la cárcel municipal cuidarán en todo momento que se

respete la vida, la salud y la integridad física y moral de los arrestados.

FUENTE: Reglamento de Justicia Municipal

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