Los ingresos tríbutarios pasaron de un nivel máximo de 11.6 por ciento en 2002 a sólo 9.7 por ciento del PIB en 2005.
NOTIMEX
México, DF.- El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) alertó que "los focos rojos están prendidos" en materia fiscal, ya que los ingresos tributarios pasaron de un nivel máximo de 11.6 por ciento en 2002 a sólo 9.7 por ciento del PIB en 2005.
El presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del IMEF, Carlos Cárdenas Guzmán, señaló que el año pasado los ingresos tributarios ascendieron a tan sólo 9.7 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), cuando la meta a alcanzar es alrededor de 18 por ciento.
Recordó que los ingresos tributarios alcanzaron un nivel máximo de 11.6 por ciento del PIB en 2002, pero luego pasaron a 11.1 por ciento en 2003, diez por ciento en 2004, y ahora representaron sólo 9.7 por ciento, de acuerdo con información del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A la par, dijo, la administración del Presidente Vicente Fox perdió tres escaños en la economía mundial, al ubicarse en el lugar número 14, desplazada por China, India y Corea del Sur, cuando a principios del sexenio era reconocida como la economía número 11.
Consideró que las recientes reformas aprobadas al Código Fiscal de la Federación (CFF) son una herramienta para mejorar la fiscalización, pero en el largo plazo, además de que no resuelven el problema fiscal del país, que es el bajo nivel de recaudación, la cual sigue descendiendo.
Ante ello, opinó que a México "le urge" aprobar una reforma fiscal integral a fin de modificar el esquema tributario y con ello recargar la recaudación más en los impuestos indirectos, como el IVA o los ecológicos, que en los directos, como el ISR.
Sostuvo que la economía formal cumple con sus obligaciones fiscales ya que están eficazmente auditadas y controladas, a diferencia de la economía informal-ilegal, la cual representa por lo menos 30 por ciento del PIB, que está mermando la recaudación tributaria.
Cárdenas Guzmán subrayó que la reforma fiscal integral deberá entonces recargar más la recaudación en los impuestos indirectos, así como obligar a la economía informal-ilegal a pagar impuestos, y con ello se lograría aumentar los ingresos tributarios a los niveles deseables.
Ante el próximo cambio de gobierno, el especialista destacó que los tres principales candidatos a la Presidencia están convencidos de que es indispensable aprobar no sólo la reforma fiscal integral, sino el resto de las llamadas reformas estructurales. Aunque no hay duda de este convencimiento, el avance en las reformas estructurales dependerá de la conformación política del Congreso de la Unión, porque si el candidato ganador no tiene mayoría legislativa enfrentará mayores dificultades para aprobar estos cambios.
Ante este posible escenario, el Presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del IMEF, agregó que la negociación será el principal instrumento de la política para poder concretar dichas reformas, porque ya existe el convencimiento.
Destacó los avances obtenidos por el SAT en otros rubros, como el incremento en el padrón de contribuyentes activos localizados, que ya se acerca a 20 millones; el bajo nivel de percepción de la corrupción en el organismo recaudador o la disminución en el costo de recaudar un peso, entre otros.
En el IMEF pensamos que todos estos logros deben mantenerse y acrecentarse para que, junto con otros elementos también incidan en el proceso de recaudación de México y ésta alcance estándares internacionales, concluyó.
Prevé Hacienda petróleo en 58.48 dólares por barril en mayo
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que el precio promedio de la mezcla mexicana de exportación se ubicaría durante mayo en 58.48 dólares por barril.
El precio del crudo sería superior en 46 por ciento al registrado en mayo de 2005 y estaría por encima de lo obtenido en abril de 2006 en 1.2 por ciento.
Al presentar la evolución del mercado petrolero desde el cuatro al diez de mayo de 2006, Hacienda informó que el hidrocarburo mexicano se ubicó en 57.99 dólares, lo que significó un descenso de 2.5 por ciento en relación con el último dato registrado el pasado tres de mayo.
La dependencia precisó que el volumen de exportaciones de petróleo programado para mayo se ubicó en un millón 817 mil barriles diarios, cantidad menor en 1.3 por ciento a lo observado en igual periodo del año pasado.
Modificaciones al Código Fiscal
Las reformas al Código Fiscal de la Federación contemplan medidas que permitirán modernizar y fortalecer la actuación del Servicio de Administración Tributaria, y para prevenir posibles actos de evasión y elusión fiscal se establecen nuevas obligaciones para los contribuyentes. Entre dichas reformas destacan las siguientes:
Autoridades.
·Para que las autoridades fiscales puedan conocer acertadamente el domicilio fiscal de los contribuyentes, las reformas al Código establecen que para las personas físicas que realicen actividades empresariales o presten servicios personales independientes, el domicilio fiscal será el local que utilicen para sus actividades, y a falta del anterior, se considerará su casa habitación como el domicilio fiscal.
·Por lo anterior, únicamente en los casos en que las personas físicas que realicen actividades o presten servicios personales independientes, no cuenten con un local para el desempeño de sus funciones, se establece como domicilio fiscal residual la casa habitación.
·En el caso de que dichas personas hayan designado como domicilio fiscal un lugar distinto del que les corresponde, o manifestado un domicilio ficticio, se prevé como consecuencia que las autoridades fiscales puedan practicar diligencias en cualquier lugar en que realicen sus actividades o, a falta de éste, en su casa habitación.
·Las autoridades fiscales deberán solicitar al contribuyente, en su casa habitación, que en un plazo de cinco días manifieste si tiene un domicilio fiscal distinto de su casa habitación o si ésta debe considerarse como su domicilio fiscal.
Sobre los hechos
·Para evitar actos que tiendan a evadir el pago de adeudos fiscales o impedir que se concluyan las actividades de comprobación de las autoridades fiscales, se prevé que cuando se hayan iniciado dichas facultades de comprobación, el aviso de cambio de domicilio se debe presentar con cinco días de anticipación, siempre que no se haya notificado al contribuyente la resolución que determine las contribuciones omitidas.
·En materia de comprobantes, el SAT debe verificar que las deducciones o acreditamientos que realizan los contribuyentes, correspondan con operaciones efectivamente hechas conforme a lo previsto en la ley, por lo que se adiciona la obligación para el contribuyente de señalar en el comprobante fiscal el monto de los impuestos (IVA o IEPS) que se trasladen, desglosado por tasa de impuesto.
·Para fortalecer las facultades de verificación de las autoridades fiscales en materia del Registro Federal de Contribuyentes, se incorpora el artículo 41-B al Código Fiscal de la Federación, que establece la facultad de verificar datos relacionados con la identidad, domicilio y demás información que se haya manifestado, sin que por ello se considere que las autoridades inician facultades de comprobación.
·Esta precisión se hace porque la finalidad de la verificación no es conocer la situación fiscal del contribuyente sino simplemente constatar los datos manifestados en el Registro Federal de Contribuyentes.
Modernización
·Con el propósito de continuar con la modernización del sistema tributario, optimizar recursos y dar mayor seguridad a los contribuyentes, se contempla la posibilidad de que los funcionarios del Servicio de Administración Tributaria puedan firmar con Firma Electrónica Avanzada las resoluciones administrativas que emitan, para lo cual se aplicarán las mismas disposiciones que se aplican a los contribuyentes cuando usan dicha firma.
·El ejercicio de las facultades de comprobación implica un trabajo complejo que difícilmente puede terminarse en los seis meses previstos actualmente, por lo que es una práctica habitual extender dicho plazo por otros seis meses, lo cual puede originar inseguridad en el contribuyente.
·Para evitar este trámite, las reformas al Código contemplan la ampliación del periodo de las visitas domiciliarias a doce meses.
· Para ofrecer a los contribuyentes mayor seguridad y mejores herramientas de comunicación con la autoridad fiscal, se incorpora la posibilidad de que las notificaciones de la autoridad se puedan realizar también por medios electrónicos, lo que optimiza los recursos de la autoridad disminuyendo costos de operación y la probabilidad de errores.
FUENTE: SAT