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Sentencian a jóvenes por violar a una niña

Luis Alberto Morales Cortés

Los involucrados reciben una pena de diez años y ocho meses

EL SIGLO DE TORREÓN

TORREÓN, COAH.- La pena máxima por violación impropia con calificativas les fue dictada a dos jóvenes que abusaron sexualmente de un menor de nueve años. María Luisa Valencia García, titular del Juzgado Tercero dio a conocer su condena.

Diez años y ocho meses de prisión recibió Juan Jesús Álvarez Hernández, de 25 años, alias ?El Foca?, mientras que Gustavo Ramírez Gómez, de 18 años, alias ?El Gusano?, fue sancionado con nueve años y diez meses de prisión. Ambos tipos también pagaran 200 días de multa.

En el expediente 439/05 se encuentra el caso que involucra a los sujetos en el delito de violación impropia con elemento corporal distinto al natural, con calificativa por ser cometido por dos personas.

Los sentenciados no se inmutaron al escuchar el veredicto y regresaron a su lugar de estancia en el Centro de Readaptación Social donde están desde finales de noviembre de 2005.

Como se informó en su oportunidad, la madre de la víctima se dio cuenta del abuso sexual que cometían los tipos contra su hijo y pidió la intervención de la Policía Preventiva para que los capturaran en flagrancia.

?El Foca? tiene su domicilio en la avenida Ernesto ?Che? Guevara 1678, de la colonia Las Luisas y ?El Gusano? vive en la calle Huelguistas de Cananea número 1999, de la misma colonia.

Los tipos estaban en la falda del cerro cuando fueron detectados por una patrulla de Seguridad Pública en la avenida Lorenzo Ávalos. Además de la desagradable noticia, la madre del menor de nueve años se enteró que no era la primera vez que su hijo era objeto de un abuso sexual.

La angustia aumentó al reconocer a Juan Jesús como un ex empleado del padre del menor, a quien ayudaba en la venta de autos seminuevos en el tianguis del Periférico y con frecuencia se llevaba al niño.

Ambos sujetos reconocieron su culpabilidad ante los agentes aprehensores y uno de ellos se manifestó arrepentido. Con el argumento de que iban a comprarle dulces, el menor era sacado de su casa con frecuencia, sin despertar inquietud, ya que existía confianza con el ex empleado. Ambos tipos pasarán buen tiempo en prisión.

Consideraciones

La sentencia se basó en la acción de la violación impropia, y se incrementó por la calificativa de ser la víctima menor de 12 años y haberse cometido por dos personas.

Artículo 388.- Sanciones y figura típica de violación impropia por instrumento o elemento distinto al natural. Se aplicará prisión de tres a ocho años y multa: a quien con o sin ánimo lúbrico, por medio de la violencia física o moral introduzca en forma total o parcial por la vía anal o vaginal cualquier instrumento no corporal o elemento corporal distinto al pene, sin el consentimiento de la persona, sea cual fuere su sexo.

Las mismas sanciones se aplicarán: a quien ilícitamente introduzca en forma total o parcial cualquier elemento o instrumento distinto al pene, por la vía anal o vaginal de persona de hasta 12 años de edad o menor a esa edad; o que por cualquier causa no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o posibilidad de resistir la conducta delictuosa.

Se incrementará en un tercio el mínimo y el máximo de las sanciones de los párrafos anteriores, cuando concurran cualquiera de las circunstancias calificativas del Artículo anterior.

FUENTE: Código Penal del Estado de Coahuila

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