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Temen que elecciones se decidan en tribunales

Rechaza magistrado sustituir la voluntad de los electores.

EL UNIVERSAL-AEE

MÉXICO, DF.- La idea de que las elecciones presidenciales se resuelvan en los tribunales, que se ha incrementado en las últimas semanas, ha generado preocupación en diversos sectores de la sociedad y una serie de interrogantes en torno a si esto significa o no la judicialización de la política; y si es positivo o negativo para el país.

Para dar respuesta a estas preguntas, Justicia a Debate reunió en su página a las voces del presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial, Leonel Castillo González, y del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José de Jesús Gudiño Pelayo, quienes buscan alejar los ?espantos? o ?fantasmas? que, aseguran, hay respecto a este tema.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José de Jesús Gudiño P., señala que el voto y las tradiciones democráticas que hemos ido construyendo los mexicanos han venido a reemplazar el uso o la necesidad de la fuerza.

?Por eso, hoy más que nunca, los tribunales están llamados a realizar su vocación natural de contener el ejercicio del poder en sus propios cauces.

?Recurrir a los tribunales para que solucionen un conflicto, ya sea que se trate de uno entre órganos de poder o uno acerca de la validez de una elección, no es contaminar o manchar el desarrollo democrático de México, ni tiene la connotación negativa que unos quieren achacarle cuando en tono peyorativo hablan de la ?judicialización de la política? o la ?politización de la justicia?.

?Por el contrario, recurrir a los tribunales en situaciones como éstas significa forjar de modo gradual una de esas ?tradiciones democráticas? a las que se refiere Norman Mailer, que son las que ?blindan? la democracia misma, haciéndola cada vez menos vulnerable; antes bien, la hacen más sólida, dijo.

?NO ES CUESTIÓN DE ESPANTO?

?A nadie debe espantar esta práctica, sino que, lejos de ello, creo que debe congratularnos no sólo el hecho de que tengamos esta alternativa, sino que tengamos toda una infraestructura disponible para ello; todavía más, que se encuentre depositada en órganos que han demostrado con el tiempo su confiabilidad y capacidad.

?No coincido con quienes se escandalizan o preocupan de que la política se judicialice o porque la justicia se politice, ni creo que ello suponga o se deba a que los jueces invadimos territorios que no nos corresponden, y que son exclusivos de los políticos.

?Quienes así se han manifestado incluso han llegado a decir que esto refleja una ?decadencia institucional? y aducen que la alternativa jurisdiccional para resolver conflictos, sobre todo aquéllos entre órganos de poder, crea parálisis en el Estado. No lo creo.

?No puedo desconocer que, ciertamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales electorales han tenido una participación mucho más activa en los últimos años y que han sido quienes han venido a resolver los conflictos más acalorados que el quehacer público ha visto en los últimos años.

?Pero eso sólo significa que los tribunales están viviendo su vocación y haciendo realidad los objetivos para los que fueron creados, en un contexto que, por ser una situación de transición, su participación quizá resulte más notoria o protagónica?, dijo Gudiño.

ROL CONCRETO, NUEVO ESCENARIO

En este nuevo escenario, el rol de la Suprema Corte ya no se concreta, como fue durante más de siglo y medio, a ser sólo intérprete y garante de los derechos de las personas, sino que, además, asume otro papel fundamental, ahora como árbitro entre poderes y niveles de Gobierno.

Se trata de una Corte de peso completo que traza las líneas constitucionales cuando éstas las desdibuja la actuación del poder público o cuando hay diferencias en cuanto al alcance de las mismas, y ese rol garantiza a quienes vivimos e integramos un régimen democrático que la democracia perviva como sistema y que sea la Constitución la que determine cómo se ejerce el poder público en forma democrática.

Sin un Tribunal constitucional que desempeñe esta importantísima función, que en México tiene asignada la Suprema Corte, tendríamos, en palabras de García de Enterría, ??una Constitución herida de muerte, que liga su suerte a la del partido en el poder, que impone en esos casos, por simple relevancia fáctica, la interpretación que en ese momento le conviene??.

En la alborada de un régimen democrático, en el marco de un proceso de transición, no hay partidos hegemónicos predominantes en lo federal ni en lo estatal, el Congreso y sus Cámaras no se integran partidariamente con el Ejecutivo Federal; los poderes estatales o municipales tampoco se ejercen por correligionarios políticos de quienes detentan el poder federal; encuentro lógico y natural que se presenten con gran frecuencia conflictos que exigen una solución jurisdiccional que provenga de un órgano que resuelve sólo en interés de la supremacía de la Constitución.

Así las cosas, en particular en la medida en que la Corte ha resuelto conflictos altamente politizados, entre ellos muchos relativos a leyes electorales, y ha interpretado el régimen político constitucional, ha sido actor importante y a veces protagónico de la transición democrática y, más aún, de la construcción de nuestro modelo democrático.

SOLUCIONES DIRECTAS

Conflictos que antaño encontraban solución mediante controles políticos verticales, hoy, ante la dificultad o imposibilidad de consensuar o disolverse en la arena política, encuentran solución en este Tribunal, lo que tiene la indudable ventaja de garantizar la igualdad procesal de las partes contendientes y la imparcialidad del órgano técnico que, de manera objetiva, aunque no infalible, imponga la solución que se derive del marco constitucional.

La Corte, al igual que los tribunales electorales, no sólo ha sido una válvula de despresurización política y social al concluir en un litigio lo que podría haber devenido en un conflicto de otras dimensiones, sino que en cada sentencia define el régimen constitucional mexicano, especialmente en puntos que pudieran haber parecido claroscuros del mismo.

El patrimonio jurídico que la intervención de la Suprema Corte y los tribunales electorales ha creado en esta conflictiva etapa de la historia patria, deja a generaciones venideras numerosos precedentes y tesis que interpretan y brindan mayor certeza acerca del contenido de nuestra Constitución y del régimen electoral.

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