El Siglo de Durango
Realiza la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Durango un operativo en instituciones educativas privadas con motivo del periodo de preinscripciones; los planteles particulares deben cumplir con el acuerdo que establecen las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos.
El delegado estatal de la dependencia, Óscar Gómez Ramírez, informó que si bien es cierto la Constitución les otorga la facultad para prestar el servicio educativo a escuelas particulares, éstas se encuentran reguladas por este acuerdo y en virtud de ello tienen que cumplir con algunas obligaciones.
Mencionó que este tipo de centros educativos deben informar a los padres de familia sobre la existencia de este acuerdo que data del 10 de marzo de 1992 y en el cual se establecen los tipos de servicio que se prestan, los costos sobre inscripción, colegiaturas, transporte y servicios de alimentación.
Indicó que además están obligados a informar sobre horarios y reglamento interno de las escuelas, para que puedan surtir efecto.
Afirmó que no puede restringirse, condicionarse u obligarse a entrar a rifas, comprar libros, cuadernos, uniformes en la escuela; por parte de las autoridades competentes se les puede otorgar un permiso para vender lo que no se puede.
Por ello, está exhortando la Profeco primero a las escuelas a no hacerlo y segundo a los padres de familia a denunciar en caso de que se les obligue a comprar en el plantel educativo o en un lugar determinado.
Óscar Gómez aseguró que la compra de uniformes tampoco es obligatoria aunque sí es recomendable, ya que esto permite que haya una identificación precisa de los alumnos y evita prácticas discriminatorias, hay muchas situaciones a favor.
Precisó que si por alguna circunstancia se dejan de cubrir las cuotas a nombre del niño no existe una obligación para seguir prestando el servicio educativo; sin embargo, el centro educativo debe entregar toda la papelería, de tal manera que por cuestiones de incumplimiento en el pago no se debe restringir la educación a los menores.
Abundó que no debe haber interés o recargo cuando el pago no se cubra dentro de los primeros diez días naturales; los ajustes por concepto de pago al siguiente semestre se deben realizar cuando menos 60 días antes de la reinscripción y recibir las opiniones de los padres de familia.