Gómez Palacio

Verifique siempre origen de objetos que compra

René Arellano

Al adquirir un producto robado se incurre en el delito de encubrimiento por receptación

El Siglo de Torreón

Gómez Palacio, Dgo.- La adquisición de algún objeto sin verificar su procedencia puede involucrarlo en un problema e incluso en un delito, pues si la mercancía adquirida quizás de buena fe resulta ser producto de un robo, se incurre en la figura delictiva de encubrimiento por receptación, lo cual puede significar ir a la cárcel.

?Este tipo de situaciones es muy recurrente, sobretodo en los bazares. Sin embargo, la ciudadanía que obra de buena fe también esta expuesta a incurrir en estos hechos al desconocer la responsabilidad penal que establece la legislación del Estado de Coahuila?, explica Rolando Rodríguez Rosas de Servicios de Asesoría Jurídica.

El artículo 443 del Código Penal del Estado de Coahuila establece que se incurre en el delito de encubrimiento por receptación ?quien reciba o adquiera una cosa cuya procedencia es ilícita sin conocer de esta circunstancia, ni tomar precauciones razonables de que la persona de quien recibe o adquiere la cosa, tiene derecho para disponer de ella; según las condiciones de la cosa, de la persona de quien se recibe o adquiere y las circunstancias del caso?.

Rodríguez Rosas señala que aún comprando de buena fe se incurre en dicho delito, por lo cual recomienda que para evitarlo ?no adquieran artículos de los cuales se desconozca su procedencia o no se tenga seguridad de donde se obtuvo?.

Detalló que algunos de los casos más recurrentes se registran con la compra-venta de automóviles, para lo cual también estableció que como medida de seguridad se acuda a las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado, ante el Ministerio Público de robo de vehículos y solicitar la emisión de una constancia de no robos.

Referente a artículos como electrodomésticos, ropa o joyas, ?es más difícil que pueda definirse de su procedencia y se corre el riesgo de ser involucrado en un delito, al momento de realizarse la investigación correspondiente.

Sanciones

La legislación en materia penal en Coahuila establece una sanción más severa para quien incurra en este delito con conocimiento de causa de la procedencia ilícita del objeto que adquirió, según estable el artículo 442.

?Sanciones y figura típica de encubrimiento por receptación. Se aplicara prisión de seis meses a seis años y multa: a quien conociendo que se cometió un delito y sin que intervenga en él, con animo de comportarse como dueño reciba o adquiera el objeto material de robo o el producto del mismo.

La pena de prisión será de tres a diez años y multa: cuando por dos ocasiones o más, dentro del periodo de un año contado a partir del primer acto, se reciban o adquieran objetos producto de robo.

FUENTE: Código Penal del Estado de Coahuila

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