la reforma al Artículo Sexto Constitucional aprobada recientemente por el Congreso de la Unión nace de la necesidad de crear de un marco nacional homogéneo en materia de transparencia y acceso a la información pública en los tres niveles de Gobierno. Esto implica la adecuación de leyes estatales y reglamentos municipales con el fin de ajustarlos a las nuevas disposiciones federales.
En el caso específico del Ayuntamiento de Torreón, la reforma trae como consecuencia la desaparición, al menos como hasta ahora está constituido, del Instituto Municipal de Transparencia (IMT), esa entidad que fuera el orgullo de su ‘demiurgo’, el ex alcalde Guillermo Anaya Llamas, pero causa también de muchos dolores de cabeza. Cabe recordar ahora algunos de los momentos más significativos de la corta, pero sinuosa historia de ese ensalzado instituto que está a punto de convertirse en una mera unidad de enlace del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información (ICAI), organismo con el cual mantuvo una pugna que incluso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El 28 de febrero de 2003 el Cabildo aprobó el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mismo que entró en vigor el 6 de junio de 2003 cuando se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila. El consejo del IMT quedó oficialmente conformado el 24 de noviembre de 2003 y dos semanas después celebró su primera sesión ordinaria. Arturo Gallegos Salcido, entonces dirigente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Laguna, fue elegido consejero presidente del organismo municipal.
Al principio, todo era orgullo y felicidad. A donde quiera que iba, el entonces presidente municipal y ahora senador, Guillermo Anaya, presumía que con el reglamento y el instituto, Torreón estaba a la vanguardia en materia de transparencia. Cuando el consejo del IMT rindió su primer informe 16 de diciembre de 2004, el ex alcalde calificó el hecho como algo inédito en el país.
Pero poco duró la época dorada. Una solicitud de información hecha por El Siglo de Torreón desató la controversia. El 10 de agosto de 2005 en este medio se publicó la respuesta dada por el Ayuntamiento a una solicitud de información sobre la adquisición y remodelación del inmueble del antiguo Banco de México, hoy Edificio Municipal Centro Histórico. De las 17 preguntas formuladas, la Dirección General de Urbanismo contestó únicamente cinco. Un día después, el presidente del ICAI, Eloy Dewey Castilla, manifestó que el Municipio incumplió con la Ley Estatal de Acceso a la Información Pública porque se limitó a responder una solicitud basándose únicamente en lo que establece su reglamento que es totalmente limitativo y no tiene competencia definitiva en materia informativa.
A estos señalamientos, el entonces secretario del Ayuntamiento, Eduardo de la Peña Gaytán, respondió al día siguiente que el Municipio no viola la ley estatal y que había un fallo de la SCJN en el sentido de que el reglamento local, está por encima de la legislación estatal. A partir de entonces, las declaraciones quedaron relegadas por los procedimientos legales.
La negativa de la Alcaldía a proporcionar datos sobre la construcción y reparación del Distribuidor Vial Revolución (DVR), fue la gota que derramó el vaso. El primero en actuar fue el ICAI quien a mediados de septiembre promovió una acción de inconstitucionalidad en contra del Ayuntamiento de Torreón debido a que algunos artículos del reglamento de transparencia se contraponen con la Constitución Política del Estado de Coahuila. El 23 de septiembre de 2005, el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) declaró procedente la acción mencionada.
La reacción del Municipio fue casi inmediata: el 30 de septiembre el secretario del Ayuntamiento presentó ente la SCJN una controversia constitucional argumentando la invasión de la esfera competencial del Gobierno local que sufre por parte del ICAI.
Casi un mes después, la Corte otorgó la suspensión provisional a favor del Ayuntamiento del proceso promovido por el ICAI ante el TSJE, hasta que se resuelva de fondo la controversia impulsada por la autoridad local.
No obstante lo anterior, el 14 de diciembre de 2005, el tribunal estatal determinó que en materia de transparencia el Municipio de Torreón debe sujetarse a los lineamientos de la Constitución de Coahuila y a la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado, que el reglamento local es inconstitucional y que el IMT debe desaparecer.
En enero de 2006 se dio el cambio de Gobierno Municipal. La Administración de José Ángel Pérez analizó la resolución del TSJE y decidió presentar el 9 de febrero otra controversia constitucional en la SCJN para contrarrestar el dictamen del tribunal estatal. El 14 de febrero, los consejeros del ICAI se reunieron con recién entrado alcalde para limar asperezas y llegaron al acuerdo de acatar la resolución de la Corte en las dos controversias promovidas por el Ayuntamiento.
Durante más de un año, poco se habló del tema y cada una de las instancias mantuvieron un nivel de coexistencia pacífica, incluso con guiños y acercamientos, como los foros de transparencia llevados a cabo en Torreón. Pero llegó la reforma al Artículo Sexto de 2007 y con ella la muerte declarada para el instituto municipal, el cual pasará a ser una unidad de enlace en la que toda solicitud de información hecha por los ciudadanos deberá concentrarse en Saltillo, así se trate de cuestiones locales. Luego de este repaso y este final, caben las preguntas ¿valió la pena tanto desgaste y enfrentamiento? ¿Pueden decir hoy los ciudadanos de Torreón que esta pugna contribuyó en algo a mejorar los mecanismos de acceso a la información? Y ¿hay un interés verdadero de los gobiernos por transparentar sus acciones detrás de todo esto? Saque cada quien sus conclusiones.
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