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Amplía Corte protección a militares portadores de VIH

La Suprema Corte de Justicia de la Nación logró ayer el númerode casos necesario para establecer jurisprudencia en la que declara inconstitucional la baja forzosa de militares infectados con el virus VIH. (Archivo)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación logró ayer el númerode casos necesario para establecer jurisprudencia en la que declara inconstitucional la baja forzosa de militares infectados con el virus VIH. (Archivo)

El Universal

Rechazan ministros dar de baja a militares infectados con el virus del VIH.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un criterio jurisprudencial que servirá para proteger a todos los militares que sean portadores del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y que sean dados de baja y separados de las Fuerzas Armadas a causa de su padecimiento.

El máximo tribunal del país amparó, en la sesión de ayer, a un elemento del Ejército Mexicano que fue dado de baja después de dar positivo en la prueba del VIH y le ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional que lo reinstale en su cargo.

Con esta decisión la Corte logró sumar los cinco casos que se requerían para que emitiera una tesis jurispruencial en la que se declarara inconstitucional del Artículo 226, numeral 45, de la Ley del ISSFAM, que permite enviar al retiro a los militares que resulten positivos en la prueba del VIH, por considerarlos “inútiles para el servicio”.

Y con base en dicha tesis todos los jueces federales del país estarán obligados a amparar de inmediato a los militares que las Fuerzas Armadas coloquen en situación de inutilidad por haber adquirido, fuera de servicio, el VIH-Sida.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) programó la resolución de este asunto desde el martes pasado, pero debido a la ausencia imprevista del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, el caso se tuvo que aplazar.

Al retomar el análisis del tema, el ministro Mariano Azuela fue el único que pidió hacer uso de la palabra para ratificar su postura de rechazo al otorgamiento de los amparos a los militares portadores del VIH.

A lo largo de cerca de 15 minutos, Azuela reiteró que, en su opinión, la Ley del ISSFAM no es violatoria de la Constitución porque los militares con VIH “deben considerarse inútiles para el servicio de las armas”, porque no gozan de cabal salud.

Y por lo mismo, desde su óptica, el que sean portadores del virus “sí constituye una causa para colocarlos en situación de retiro”.

La postura de Azuela, nuevamente, no sólo no tuvo éxito, sino que sufrió una baja, porque el ministro Genaro Góngora Pimentel cambió de opinión y decidió sumarse a la mayoría de ministros que calificaron como inconstitucional que se dé de baja a los militares que padecen dicho mal.

En febrero, al revisarse los primeros casos, Góngora Pimentel, fue fuertemente criticado, incluso por las autoridades de salud, porque calificó a los militares con VIH como un riesgo para la vida de sus demás compañeros y porque argumentó que los elementos del Ejército podían incluso contagiarse por chinches.

Pero en la sesión de ayer, Góngora se limitó a explicar de manera muy breve, al momento de emitir su voto, que cambiaba dicha postura porque había reflexionado sobre el tema y porque la ministra Margarita Luna Ramos lo había convencido de la inconstitucionalidad de la medida. Y al hacerlo se sumó a la mayoría.

La Ley, vigente desde el 2003, se mantendrá sin cambios y podrá seguir siendo aplicada a quienes no tramiten juicios de amparo. Y por lo mismo el único que puede poner una solución definitiva a este problema, de acuerdo con la propia Corte, es el Congreso de la Unión mediante una reforma legal.

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