La empresa aún no comienza con el barrido mecánico en Gómez Palacio.
EL SIGLO DE TORREÓN
GÓMEZ PALACIO, DGO.- Por segunda ocasión, el Ayuntamiento determinó aplicar una sanción convencional a la empresa Proterra, por el incumplimiento parcial del contrato de concesión del servicio de limpieza, ya que la compañía no ha cumplido con el barrido mecánico, estableciéndole una multa de 201 mil pesos.
“En lo que se refiere al barrido mecánico ya se giraron instrucciones para que hoy mismo (ayer) se haga la notificación, a más tardar el día de mañana (hoy), donde se hace la aplicación nuevamente de una sanción, de una multa convencional por el incumplimiento del barrido mecánico”, informó José Antonio Calzada López, tesorero municipal.
Sobre el monto de la pena convencional, el funcionario municipal detalló que ésta se fijó en 201 mil pesos, a reserva de checarlo con el departamento de Limpieza.
“Como no hemos podido prestar nosotros este servicio porque carecemos realmente del equipo, lo que estamos aplicando con base en el contrato, es el cinco por ciento de lo que debieran ellos habernos facturado por ese servicio”, detalló Calzada López.
Lo anterior con base a lo que establece el anexo siete del Titulo de Concesión del Servicio de Limpieza signado en diciembre pasado, donde se determina aplicar como multa por incumplimiento del contrato el cinco por ciento de facturación, más el costo de la prestación del servicio realizado por terceros o la Presidencia y el respectivo descuento de la facturación mensual del servicio no prestado.
Sin embargo, el citado documento no establece acciones en contra de la empresa en caso de reincidencia en el incumplimiento del contrato, siendo que el próximo 18 de marzo se cumplirán dos meses de actividades de la empresa en Gómez Palacio y hasta el momento ofrece en su totalidad el servicio de barrido manual y está en proceso de regularizar la recolección de basura domiciliaria, tanto en el medio urbano como rural.
Sobre esta situación, Calzada López detalló que Proterra “no ha cumplido básicamente en dos situaciones muy concretas: una es en el barrido mecánico porque se le negó la importación de las barredoras y la otra es que por diferentes situaciones, no se ha cubierto al cien por ciento el área rural”.
Sobre esta última situación, Calzada López precisó que espera que para el día de hoy comiencen a trabajar en eso.
Penas convencionales
Según el anexo 7 del Titulo de Concesión denominado Penas Convencionales por Incumplimiento del Contrato, establece que durante el periodo de operación de los servicios de la concesión se aplicarán las siguientes multas:
Cinco por ciento de la facturación mensual, del servicio que se trate, más:
El costo de la realización del servicio por tercero y/o la propia Presidencia.
El descuento respectivo de la facturación mensual del servicio no prestado.
El pago de la pena convencional no libera al concesionario de ninguna de sus obligaciones contractuales, ni de incurrir en mora.
En cada caso de aplicación de penas convencionales, el Ayuntamiento notificará por escrito al Concesionario el importe que le toque cubrir y la fecha en que deberá entregarlo al Ayuntamiento. En caso de incumplimiento en esta fecha, el Ayuntamiento procederá a hacer efectiva la fianza de cumplimiento de obras, a excepción de los casos en que las penas se apliquen contra facturación, por los servicios prestados.
FUENTE: Titulo Concesión de Limpieza