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ASUNTOS FISCALES | Estímulo IMSS

C. P. EVERARDO ZÚÑIGA RODRÍGUEZ

El Gobierno Federal con el propósito promover la generación de empleos permanentes, la productividad y la distribución del ingreso, como objetivos prioritarios del Estado, impulsará programas específicos que coadyuven a su logro. Uno de ellos llamado ?Primer Empleo? prevé un importe de 3,000 millones de pesos por concepto del subsidio para su promoción.

El pasado 23 de enero de presente año se publicaron los lineamientos a efectos de dar cumplimiento y ser sujeto de este beneficio, señalando que el programa Primer Empleo tiene por objeto apoyar a las personas físicas o morales en la generación de nuevos empleos de carácter permanente, a través del otorgamiento de un subsidio que será aplicado a la parte de las cuotas obrero patronales causadas a cargo de los patrones, al contratar trabajadores adicionales de nuevo ingreso e inscribirlos ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos que se establecen en el presente Decreto.

Para los efectos del presente decreto, señala como trabajador adicional de nuevo ingreso, aquél con cuya contratación se supere el número máximo de trabajadores registrados por el patrón a partir de la publicación del presente Decreto, y que no tenga registro previo ante el Instituto Mexicano del Seguro Social como trabajador permanente

Los patrones que contraten a cualquier trabajador adicional de nuevo ingreso y lo inscriban ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, serán apoyados por el Gobierno Federal mediante un subsidio de hasta el cien por ciento de la parte de las cuotas obrero patronales causadas a su cargo, que hayan cubierto por cada uno de dichos trabajadores en los primeros doce meses de aseguramiento, según lo previsto en la Ley del Seguro Social.

El monto del subsidio se determinará conforme a lo previsto en el presente Decreto, en consideración al salario base de cotización con el que el patrón haya cubierto las cuotas obrero patronales de cada trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

El porcentaje a subsidiar será de acuerdo al salario base de cotización con el que se hayan cubierto las cuotas obrero patronales, en numero de veces el salario mínimo vigente en la zona que corresponda a la ubicación geográfica del trabajador, quedando de la siguiente menor a diez el; diez hasta 14 el 60 por ciento; mayor a 14 y hasta 20 el 20 por ciento y mayor a 20 el diez por ciento. Además de cumplir con requisitos.

La vigencia del Programa Primer Empleo no excederá del 30 de noviembre de 2012 para efectos del pago del subsidio, y del 28 de febrero de 2011 para fines de la inscripción de los patrones y el registro de trabajadores.

zunigarodriguezsc@yahoo.com.mx

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