Establecen como tope salarial el sueldo del presidente de la República.
Por unanimidad el Senado de la República aprobó la Ley de Salarios Máximos, que establece los sueldos para funcionarios de los tres niveles de Gobierno, los cuales no podrán ser iguales o mayores al que percibe su superior jerárquico o el presidente.
La nueva Ley regula también las pensiones que reciben los ex presidentes de la República y acaba con “las liquidaciones desmesuradas que se han dado en numerosas ocasiones diversos servidores públicos”.
La legislación fija un plazo de 180 días al Congreso, una vez promulgada, para que establezca un “fondo de retiro digno” para todos los trabajadores del Poder Judicial y tipifique las sanciones penales y administrativas a que se harán acreedores los funcionarios que no cumplan con la misma.
Según el dictamen aprobado con 105 votos en favor, las remuneraciones que sean superiores a la que percibe el presidente de la República, deberán ser ajustadas o disminuidas en los presupuestos de Egresos a partir de 2008.
Sin embargo, no se reducirá el salario de los ministros de la Corte, los magistrados de Circuito, los jueces de Distrito y los consejeros del IFE y de la Judicatura, pues el Artículo 94 constitucional señala que dicha percepción “no podrá ser disminuida durante su encargo”.
Esos funcionarios seguirán ganando el salario que tienen, aunque los “bonos, ayudas, recompensas, estímulos, gastos de representación, comisiones, compensaciones o cualquier otra remuneración en dinero o especie” sólo se mantendrán si no exceden el sueldo que percibe el titular del Ejecutivo.
“La no-disminución de las percepciones es una garantía para impedir presiones a dichos servidores públicos, lo que se traduce en el fortalecimiento de su independencia respecto de otros poderes y de su autonomía”, precisó el dictamen.
No obstante, el salario de los integrantes del Poder Judicial no aumentará por tres o cuatro años, hasta que sea rebasado por el sueldo que perciba el presidente de la República. Además, quedan prohibidas “jubilaciones, pensiones o haberes de retiro o liquidaciones que no estén asignadas en la Ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo”, como es el caso de las pensiones que reciben los ex presidentes de la República.
La Ley modifica el Artículo 127 constitucional para precisar que esta Ley se aplicará a todo servidor público, federal, estatal y municipal, ya que fija las bases para la designación de las remuneraciones. El sueldo máximo que ganarán los funcionarios incluye toda percepción en efectivo o especie como aguinaldo, gratificaciones, premios, recompensas, estímulos, comisiones, compensaciones y fondos de retiro o ahorro.
En caso que los funcionarios tengan dos o más empleos, su remuneración podrá ser mayor a la de su superior jerárquico, pero no deberá exceder la mitad del salario establecido para el presidente de la República.
El dictamen respectivo fue turnado a la Cámara de Diputados, para su discusión y eventual aprobación.
Defiende Corte salarios de jueces
El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Guillermo Ortiz Mayagoitia, hizo una defensa del derecho que les otorga la Constitución a los juzgadores para que su salario no pueda ser reducido durante el tiempo en que ejercen su encargo.
Ortiz Mayagoitia aprovechó la toma de protesta de un nuevo juez para recordar que “el diseño constitucional del Estado democrático y de Derecho, demanda salvaguardas y garantías para el juzgador, tales como la inamovilidad, la irreductibilidad de su salario y la previsión de un retiro digno”.
Por primera vez fijó una postura pública sobre este tema y advirtió que los anteriores son “elementos que protegen la perspectiva de vida y de largo plazo de los juzgadores, para que se dediquen absolutamente y de tiempo completo a sus responsabilidades, sin temores de corto plazo, y sin miedos a las amenazas externas que pretenda influir indebidamente en sus decisiones”.
En la sesión pública solemne de ayer, a la que acudieron consejeros de la Judicatura Federal, le tomó protesta de su cargo al juez de Distrito, Gustavo Roque Leyva, y destacó el hecho de que “la carrera judicial es una decisión de vida”.
“La justicia -agregó- demanda décadas enteras de completa dedicación y constante preparación de los jueces. Ninguna otra fuente de ingresos profesionales le estará permitida al juzgador durante todo el tiempo que dure en su cargo”.