Ordena Corte que ocho militares con Sida sean reinstalados.
EL UNIVERSAL
MÉXICO, DF.- El juicio de los militares que tienen el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) llegó a su fin, en la parte esencial, al concretarse una victoria que sólo será temporal para ocho elementos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que sean reinstalados en las Fuerzas Armadas.
Los militares con VIH que se reincorporarán al Ejército gozarán de todos los beneficios que les otorga el hecho de estar en condición de ?activos?, pero sólo mientras sean portadores del VIH. Porque en cuanto su enfermedad evolucione y no puedan realizar las actividades propias de su trabajo podrán ser enviados al retiro sin una pensión y sin derecho a atención médica o medicamentos gratuitos de parte de las Fuerzas Armadas, si es que no cuentan, al menos, con 20 años de servicio.
En otras palabras, los militares con VIH ganaron una batalla para que se les repare los daños que les ocasionaron en el pasado y para que no se les discrimine en el presente, pero perdieron la lucha por asegurar su futuro.
Los legisladores son los únicos que pueden cambiar sus opciones a futuro a través de una reforma a la Ley de Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, que fue la norma que sometió a revisión la Corte.
Después de ocho sesiones de análisis, que iniciaron precisamente el Día del Ejército, el 19 de febrero, el máximo Tribunal del país agotó la revisión de todos los temas torales vinculados con los juicios de los militares con VIH. Y al hacerlo fijó cuatro conclusiones:
Primero, el Ejército puede enviar al retiro a los militares cuando, por motivos justificados y razonables, por causa de alguna enfermedad, no sean ?útiles? para el servicio.
Segundo, es inconstitucional que un militar sea considerado ?inútil para el servicio? y enviado al retiro por el sólo hecho de ser portador del VIH, porque esta medida viola la garantía de no-discriminación y de igualdad.
Tercero, es constitucional que el Ejército cuente con un sistema mediante el cual sólo se otorguen pensiones para el retiro a los militares que cuenten con 20 o más años de servicio en las Fuerzas Armadas.
Y, cuarto, declaró constitucionalmente válido que sólo los militares en activo o quienes sean dados de baja y tengan más de 20 años de servicio tengan derecho a recibir, tanto ellos como sus familiares, atención médica y medicamentos de parte del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM).
Con esta última conclusión, emitida en la sesión de ayer, por seis votos contra cinco, la Corte avaló que todos los militares que sean dados de baja o enviados al retiro antes de cumplir 20 años de servicio no reciban atención de parte del ISSFAM.
Con base en estos criterios la Corte amparó, en total, a diez militares ?entre ellos uno que falleció antes de que su caso fuera resuelto? que habían sido dados de baja del Ejército después que detectara que resultaron positivos en la prueba del VIH.
Seis de los militares ?incluido el que falleció? fueron amparados contra la Ley del ISSFAM que estuvo en vigor desde 1976 hasta 2003 y que, en esencia, establece las mismas medidas en contra de los militares con VIH que la actual Ley.
Mientras que los otros cuatro recibieron amparos en contra de la actual Ley.
Buscan acelerar tiempos de Corte
La bancada del PAN en el Senado presentó una iniciativa de reforma constitucional que busca acortar los tiempos en que la Suprema Corte de Justicia resuelve controversias sobre interpretación de la Carta Magna.
?Propongo que la Corte tenga seis meses para resolver en definitiva las controversias y acciones de inconstitucionalidad que le sean turnados.
?Este plazo es razonable, tomando en cuenta que el máximo Tribunal de la nación sesiona en dos periodos al año, que comprenden desde el primer día hábil de enero, hasta el último día hábil de la primera quincena de julio; y desde el primer día hábil de agosto, hasta el último día hábil de la primera quincena del diciembre?, expuso el senador Ricardo García Cervantes al presentar la iniciativa.
El legislador panista aseguró que no es sano para las instituciones, ni para el Estado de Derecho, que transcurran meses y hasta años sin que la Corte resuelva el litigio planteado.
Al citar tres casos de importancia en los que la Corte tardó dos o más años en emitir una resolución, García Cervantes se refirió a la controversia presupuestal interpuesta por el Gobierno de Vicente Fox, en diciembre de 2004 y cuyo fallo final fue emitido hasta agosto del 2006.
Recordó el caso de los 40 senadores de Legislatura pasada, que promovieron -en mayo de 2006- una acción de constitucionalidad sobre la llamada ?Ley Televisa? y de la que aún no se conoce algo.
Finalmente, se refirió a la resolución de la Corte sobre el Reglamento para Juegos y Sorteos de la Ley Federal de Juegos, Apuestas y Sorteos, emitido por la Secretaría de Gobernación y controvertido por la Cámara de Diputados. El plazo de resolución se excedió por más de dos años.
Asegura Sedena que cumplirá sentencia
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) cumplirá en todos sus términos la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para reincorporar a sus actividades a personal militar que son portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH-Sida).
El instituto armado destacó que se cuidará que a quienes sean reincorporados se les brinde la atención médica que requieren y procurará que no se afecte o menoscabe su salud o sean víctimas de cualquier tipo de discriminación.
También, la Sedena reveló que se realizarán los estudios correspondientes para someter ante el presidente Felipe Calderón un proyecto de reformas a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, que recoja en su esencia el criterio en este caso del máximo Tribunal del país, con el fin de que se turne al Congreso de la Unión para su aprobación.
Al declararse respetuosa de las sentencias emitidas por el Poder Judicial de la Federación, la Sedena indicó que se procederá a reincorporar a sus actividades al personal que, en términos de las resoluciones judiciales aludidas, deba continuar prestando servicios en el activo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.