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Avisará Municipio a Contraloría del caso de soborno a regidor

René Arellano y Rafael Ibarra

El Siglo de Torreón

GÓMEZ PALACIO, DGO.- El Ayuntamiento avisará a la Contraloría Estatal de las declaraciones del regidor panista Rafael Ramos Herrera, quien admitió recibir dinero para votar a favor de la empresa Proterra en el proceso de concesión del servicio de limpieza.

?Obviamente la Secretaría de la Contraloría y Modernización Administrativa es la que debe investigar?, señaló el alcalde Octaviano Rendón Arce, y dijo que avisará sobre esta situación a la citada dependencia estatal.

?Lo grave es que él (Ramos Herrera) está cometiendo un delito, pues afirma haber recibido dinero?, comentó Rendón Arce, para luego explicar que con tales afirmaciones, el regidor violenta la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios, al declarar haber tomado 14 mil 800 pesos por parte del representante de Proterra y favorecer a la empresa con su voto.

Por su parte, el diputado local del Partido Acción Nacional (PAN), Isaac Becerra Martín, dijo que el alcalde Octaviano Rendón Arce o el Cabildo deben interponer la denuncia ante la Secretaría de la Contraloría en contra de Ramos Herrera. ?El regidor no tiene fuero y puede ser juzgado inmediatamente, pero se tiene que hacer una investigación a fondo porque él mismo se incrimina en esta situación?, dijo.

Becerra Martín señaló que el Cabildo podría iniciar una investigación sobre estas declaraciones, pero para darle mayor certeza a la misma, lo más conveniente es presentar la denuncia ante la Secretaría de la Contraloría.

Para el presidente del Colegio Regional de Abogados de La Laguna del Estado de Durango, Alberto Montes Rodríguez, el regidor Rafael Ramos Herrera debe ser separado de su cargo por las declaraciones que hizo.

Delito y castigo

Artículo 170.- Al servidor público que por sí o por interpósita persona, solicite o reciba para sí o para otro, dinero o cualquier otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo relacionado con sus funciones, se le impondrán las siguientes sanciones:

I.- Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de noventa veces el salario mínimo diario vigente en el estado en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a tres años de prisión y de treinta a trescientos días multa; o

II.- Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de noventa veces el salario mínimo diario vigente en el estado de Durango en el momento de cometerse el delito, se impondrán de tres a ocho años de prisión y de trescientos a ochocientos días multa.

FUENTE: Código Penal de Durango

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