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Cambia Hacienda reglas a instituciones de seguros y fianzas

Modifican las reglas sobre capital mínimo y para la inversión de reservas técnicas de instituciones de seguros, de fianzas y mutualistas de seguros. En la gráfica José Antonio Correa y Jeanne Hegner,  funcionarios de Seguros Monterrey. (Archivo)

Modifican las reglas sobre capital mínimo y para la inversión de reservas técnicas de instituciones de seguros, de fianzas y mutualistas de seguros. En la gráfica José Antonio Correa y Jeanne Hegner, funcionarios de Seguros Monterrey. (Archivo)

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México, DF.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer cuatro acuerdos por los que modifican las reglas sobre capital mínimo y para la inversión de reservas técnicas de instituciones de seguros, de fianzas y mutualistas de seguros.

En el primero de los acuerdos, publicados en el Diario Oficial de la Federación y que entran en vigor este viernes 28 de diciembre, la dependencia detalla los cambios a las reglas para la inversión de las reservas técnicas de fianzas en vigor y de contingencia de instituciones de fianzas.

En otro documento, precisa también los cambios realizados a las reglas para la inversión de las reservas técnicas de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros.

En ambos casos, menciona que el total de las inversiones que deben mantener las instituciones se determinará sobre la base de inversión bruta y que sólo podrán considerarse como inversiones afectas los recursos de las instituciones en cumplimiento de su objeto social.

Detalla el mecanismo para obtener aspectos como las bases de inversión bruta y neta, y sus ajustes, así como la situación en la que las instituciones de fianzas deberán mantener sus activos destinados a respaldar su base de inversión bruta.

En un tercer acuerdo, la SHCP publica la modificación a las reglas para el requerimiento mínimo de capital base de operaciones de las instituciones de fianzas, y a través de las que se fijan los requisitos de las sociedades inmobiliarias de las propias instancias.

Indica que a fin de determinar una adecuada dispersión del riesgo, se adicionan límites de inversión para las operaciones de notas estructuradas de capital protegido, vehículos de deuda que replican índices accionarios y operaciones de préstamos de valores.

Asimismo, abunda, se modifican los límites de inversión en base al nuevo esquema para la inversión, dependiendo del tipo de emisor de que se trate.

En el cuarto documento, la Secretaría de Hacienda señala que se modifican las reglas para el capital mínimo de garantía de las instituciones de seguros.

Explica que en el caso del ramo de responsabilidad civil y riesgos profesionales de la operación de daños, debido al dinamismo experimentado por estos seguros y del comportamiento de su siniestralidad, se actualizan los factores, base primas y base siniestros usados para el cálculo del requerimiento bruto de solvencia que sirve de referencia para el capital mínimo de garantía.

Ello, a fin de que los requerimientos de capital aplicables sean consistentes con el comportamiento de la siniestralidad observada en este ramo de aseguramiento, acota.

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