Gómez Palacio

Continúan esperando sentencia de Proterra

En espera la sentencia sobre el proceso en el que se otorgó la concesión de Proterra.

En espera la sentencia sobre el proceso en el que se otorgó la concesión de Proterra.

DIANA GONZÁLEZ

GÓMEZ PALACIO, DGO.- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Durango se excedió por más de un mes del tiempo que legalmente dispone para dictar la sentencia sobre el único procedimiento legal pendiente sobre la concesión del servicio de limpieza que favoreció a la empresa Proterra. Con dicha resolución se dictamina si para la autoridad hubo o no irregularidades.

Fue en la sesión extraordinaria del 14 de diciembre cuando el Cabildo otorgó el título de concesión a la empresa Recolección y Disposición de Desechos S.A. de C.V. Proterra, favoreciéndose así a la empresa con menor experiencia en tres de los cuatro procesos mencionados en las bases.

Con tal decisión inició el litigio por parte de las compañías que no se vieron beneficiadas por el dictamen. Tanto Promotora Ambiental S.A. (PASA) como Servicios de Tecnología Ambiental S.A. de C.V. (Setasa), advirtieron irregularidades en el proceso.

Según confirmó el Departamento Jurídico Municipal, la audiencia se celebró a mediados del mes de junio, por lo que ambas partes (el Municipio y las empresas inconformes) esperan la sentencia que según Vicente Reyes Solís, jefe del Departamento Jurídico Municipal, “ya es en sí la resolución del problema, es decir, si el Ayuntamiento actuó legalmente o ilegalmente y si para el Tribunal hubo o no hubo irregularidades en el proceso de adjudicación de la concesión del servicio de limpieza”.

Según el Artículo 282 del Código de Justicia Administrativa del Estado de Durango “la sentencia deberá dictarse dentro de los quince días siguientes a la celebración de la audiencia del juicio...”. Al respecto Reyes confirmó que en el caso concreto ya se excedió este término.

“No nos han notificado todavía la sentencia, y sí, ya excedieron el término, supongo que ha de ser por la carga de trabajo que tienen, es el único procedimiento legal que queda pendiente en cuanto a todo el proceso de la concesión [...] yo creo que será antes de que termine esta administración”.

El proceso para notificar al Municipio lo realiza el Tribunal a través de sus actuarios y puede hacerse de un día para otro. Después de esto aún queda otro recurso legal para alguna de los partes que estuviera inconforme que sería primeramente el análisis de todos los integrantes de la Segunda Sala del citado Tribunal (en pleno) y posteriormente –según sea el resultado para los inconformes- promover un amparo pero ante otra autoridad, es decir, ante el Tribunal Colegiado de Durango.

Contenido

La sentencia deberá contener:

I.- Lugar, fecha y autoridad que la suscribe.

II.- La fijación de los actos o resoluciones impugnados y la pretensión procesal de la parte actora.

III.- El análisis, aún de oficio, de las causales de improcedencia o sobreseimiento del Juicio.

IV.- El examen de todos los puntos controvertidos, salvo que la procedencia de uno de ellos sea suficiente para decretar la nulidad o anulabilidad del acto impugnado.

V.- El examen y valoración de las pruebas.

VI.- Los fundamentos legales en que se apoya para emitir la resolución definitiva.

VII.- Los puntos resolutivos en los que se decrete el sobreseimiento del juicio, se reconozca la validez, se declare la nulidad o se ordene la modificación o reposición del acto impugnado y en su caso, la condena que se imponga.

FUENTE: Artículo 283 del Código de Justicia Administrativa del Estado de Durango

Leer más de Gómez Palacio

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Gómez Palacio

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

En espera la sentencia sobre el proceso en el que se otorgó la concesión de Proterra.

Clasificados

ID: 290602

elsiglo.mx