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Decreto fiscal, resulta ‘bueno a medias’

De acuerdo a los especialistas, el decreto fiscal recientemente publicado es bueno a medias. (Archivo)

De acuerdo a los especialistas, el decreto fiscal recientemente publicado es bueno a medias. (Archivo)

Virginia Hernández

TORREÓN, COAH.- Para Víctor Bretado Fernández, socio del área fiscal de la firma Mancera Ernest & Young, el decreto fiscal publicado el pasado seis de noviembre es bueno a medias, ya que no atiende al 100 por ciento las inquietudes manifestadas por los sectores productivos. Agregó que esta nueva Ley ya está teniendo un impacto negativo en la toma de decisiones de inversión de los empresarios, ya que algunos de ellos desean adquirir terrenos o comprar activos para crecer y expandir su negocio, pero fiscalmente lo más conveniente es no hacerlo ahora, sino hasta 2008.

Por ello, Bretado coincide con especialistas en materia fiscal al decir que el decreto fiscal “es bueno, sin ser el mejor” que hubieran aprobado. Reconoció que la nueva Ley fiscal sí recoge las inquietudes pendientes, pero sólo a la mitad, sólo a medias.

Las inquietudes no fueron consideradas al 100 por ciento, sino a un 60 ó 50 por ciento. Ejemplificó el caso de los inventarios que se tengan al 31 de diciembre de 2007 y que se vendan al siguiente año, no serán deducibles para el negocio en su totalidad. El empresario estará sujeto al pago de dos impuestos: Sobre la Renta y el IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única), en donde este último no tiene ningún impacto y no puede ser deducible, distorsionando la base fiscal.

La corrección que hizo la autoridad es otorgar un crédito fiscal que puede aplicar contra el IETU del seis por ciento anual sobre el monto del inventario de 2007, contra el 16.5 por ciento, por un periodo de 10 años, por lo que la tasa de deducible será al 60 por ciento y no al 100 por ciento.

Las pérdidas fiscales es otro de los temas que se corrigieron a medias. Éstas que se generen al cierre de 2007 ahí se paran o hacen una separación de pérdidas. Dijo que en La Laguna, el sector agropecuario es uno de los más importantes, pero hay gente que trae pérdidas fiscales a raíz de una reforma de 2002.

Dicha reforma origina en varios contribuyentes una pérdida fiscal que no se ha concluido. Con esta nueva Ley podrán seguir disminuyendo la pérdida, pero concediendo un crédito que equivale al 5 por ciento anual y lo que resulte por la tasa del IETU, en un periodo de diez años.

Para el resto de los sectores productivos que hayan tenido pérdidas del 2005-2007 tendrán un estímulo del 5 por ciento, pero tienen que cumplir con un requisito adicional: que la pérdida se haya originado por aplicar deducción inmediata y no por operación.

Y la maquila...

Bretado mencionó que el decreto fiscal genera también un estímulo para la industria maquiladora, dando un estímulo especial para el sector que van a poder determinar por los años 2008-2011, basado en los montos de inversión.

Mencionó que actualmente existe un incentivo que se aplica al ISR y está ligado al nivel de inversión en maquinaria y tecnología en la industria maquiladora en México. Para que no se elimine con el IETU se pega con otro estímulo, generando un mayor cálculo para las empresas.

Para el especialista fiscal lo cierto es que con esta reforma “lo que no se cumplió fue el obtener una simplificación administrativa”. Por ello, declaró que la inconstitucionalidad de la Ley persiste, ya que mantiene la limitante que establece en cuanto a montos, distinciones entre tipos de contribuyentes, provoca que los causantes se vean afectados, por lo que sigue en pie en pensar en ir al amparo.

Enfatizó que “tanta complejidad y diferenciación entre los actores económicos origina que los afectados consideren como una necesidad pensar en ir a un juicio de amparo”.

Para el socio de la firma Mancera Ernest & Young esta Ley fiscal viene a desincentivar las inversiones productivas que se planean hacer en lo que resta del año, ya que los empresarios deben determinar la viabilidad de aprovechar oportunidades de adquirir terrenos, inmuebles o maquinaria contra la posibilidad de no hacerlos deducibles en 2007, sino hasta 2008.

Dijo que un cliente tiene el interés de invertir en comprar un terreno para realizar la expansión de su negocio, sin embargo, de hacerlo en lo que resta del año sólo podría deducirlo al 60 por ciento, pero si lo hace el siguiente año se hará al 100 por ciento.

Comentó que los hombres de empresa deben ahora preocuparse también por el efecto fiscal que puede tener el producir más, invertir y expandir sus plantas.

Aumentará aportación de maquiladoras

Con la reforma fiscal y el otorgamiento de beneficios a través del IETU, la aportación tributaria de la industria maquiladora de exportación pasará de 250 millones a 500 millones de dólares anuales.

Así lo anunció el presidente del Consejo Nacional de la Industria Maquiladora de Exportación (CNIME), Jesús Calleros, quien dijo que el régimen maquilador que opera en México permitía a las empresas del sector reducir hasta la mitad sus aportaciones tributarias.

En conferencia de prensa, destacó no obstante que con la reforma fiscal y el decreto presidencial dado a conocer el pasado lunes, que busca amortiguar los efectos de la recién aprobada iniciativa hacendaria, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público logrará una “captación real” de esa actividad productiva.

“Hay que reconocer que algunas empresas estaban abusando de los beneficios que teníamos anteriormente, porque teníamos un decreto; teníamos la forma de reducir nuestras tributaciones hasta el 50 por ciento, expresó.

Sin embargo, afirmó que con el actual decreto, las empresas que no tributaban de manera correcta ahora lo harán. “Vamos a llevar a cabo este pago de impuestos al aumentarlo para que la Secretaría de Hacienda tenga una recaudación real”, afirmó.

Por lo anterior, aseguró que la aportación fiscal de la industria maquiladora para 2008 será el doble de lo que generaban para las finanzas públicas del país.

Jesús Calleros refirió que el sector que representa califica de positivo el decreto del pasado lunes, porque envía señales de certidumbre y con ello la inversión en el sector para 2008 podría avanzar 10 por ciento a tasa anual.

Es decir, precisó, dos puntos porcentuales más en comparación con el 8.0 por ciento que crecerá en 2007 respecto a 2006, que se traducirá en un escenario favorable para la creación de al menos 130 mil empleos el próximo año. (Notimex)

Baja expectativa de recaudación vía IETU

Aunque el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es eminentemente recaudatorio, la expectativa de generar mayores ingresos por esta vía es menor, al menos para el ejercicio 2008, coincidieron académicos.

En entrevista, el profesor titular en las divisiones de Estudios de Posgrado y de Educación Continua en la Escuela Bancaria y Comercial (EBC), Vicente Romero Said, señaló que esto se debe en parte a que este gravamen se va a poder acreditar contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

En el marco del seminario “Reformas fiscales 2008”, el especialista dijo que algunos de los contribuyentes que podrían verse perjudicados serían los arrendadores de inmuebles con ingresos reducidos.

“Eso, debido a que no se les permitirá tomar una deducción como sí está permitido en el ISR, evidentemente el impuesto va a resultar recaudatorio para ellos”, aseveró.

Sin embargo, acotó, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 5 noviembre también contempla la protección de empleos y de las inversiones en el país, sobre todo los generados por la industria maquiladora.

“Para que éstos no se pierdan se le está dando un tratamiento prácticamente idéntico al que tienen en materia de ISR al establecer una contribución mínima”, anotó.

Por su parte, el especialista en temas fiscales de la EBC, Juan Carlos Sabines, explicó que para que este impuesto pueda llegar a sustituir al ISR, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deberá presentar un diagnóstico a más tardar el 30 de junio de 2011 sobre la conveniencia de su derogación.

“Pero no todo el ISR se derogaría, sólo el título dos de personas morales y en el caso de personas físicas el título de honorarios de actividades empresariales y arrendamiento para que este nuevo impuesto lo sustituya de lleno”, indicó.

Puntualizó que las personas físicas y morales, residentes en territorio nacional serán objeto de este impuesto si obtienen ingresos por enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. (Notimex)

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