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Difunde Corte proyecto de resolución de Ley de medios

Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer hacer público el proyecto de resolución sobre la llamada “Ley de medios”, a cargo del ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, por considerar que es de interés público.

A partir ayer, la página de Internet de la SCJN tiene un enlace electrónico para que cualquier persona pueda descargar el proyecto de sentencia, que tiene una extensión de 546 páginas.

Este se refiere a la propuesta de resolución de la acción de inconstitucionalidad que presentó un grupo de senadores contra las leyes federales de Telecomunicaciones y de Radio y Televisión.

La Corte resolvió que “por ser de interés público el asunto en mención, los ministros acordaron dar a conocer el proyecto elaborado por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, en la página Web del alto Tribunal (www.scjn.gob.mx)”.

El documento subraya que sólo contiene “la opinión del ponente (Aguirre Anguiano); es un documento de trabajo que servirá de base para discutir el asunto en sesiones públicas y la resolución se emitirá por todos los ministros de acuerdo con las discusiones”.

Desde la semana pasada, este proyecto de sentencia fue distribuido a todos los integrantes del alto Tribunal, a los legisladores que promovieron la acción de inconstitucionalidad, a la Cámara de Senadores y a la Presidencia de la República, pero ayer se determinó hacerlo público.

Este proyecto es el que estudiarán los ministros a partir de la siguiente semana con el asesoramiento de especialistas de la UNAM y el IPN, por lo cual se suspenderán todas las sesiones de la Suprema Corte hasta el 21 de mayo cuando se espera que inicie la discusión del tema.

El proyecto propone hacer válidos los artículos de la derogación de los Reglamentos sobre las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones Transportes, en específico a la Dirección General de Sistemas de Radio y Televisión, para que sean ejercidos por la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

También propondrá al pleno declarar válidos los artículos que los senadores impugnaron porque éstos consideraron a las reformas como inconstitucionales.

Además, validar la facultad de la Cofetel para registrar las tarifas de telecomunicaciones, con base en la definición de los concesionarios que tienen “poder sustancial de mercado”.

El Senado no puede objetar designaciones en la Cofeco: Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el presidente es el único facultado para nombrar a los comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofeco) y que, por tanto, la Cámara de Senadores carece de atribuciones para objetar las designaciones que haga el Ejecutivo en el este organismo.

Los ministros del máximo Tribunal adoptaron esta decisión al anular diversos apartados de la Ley Federal de Competencia Económica que reformó el Congreso de la Unión que entró en vigor en junio de 2006 y que fue impugnada por el entonces procurador general de la República, Daniel Cabeza de Vaca, quien actualmente es consejero jurídico del presidente Calderón.

Como parte de la sentencia que emitieron en la sesión de ayer, los ministros de la Corte también anularon la disposición que se estableció en la Ley a fin de que la Cofeco presentara ante el Congreso un informe anual de sus actividades.

La Corte anuló, del mismo modo, otros dos apartados de dicha Ley que limitaban la actuación de la Cofeco para realizar visitas de verificación y sancionar a las empresas que incurrieran, por ejemplo, en prácticas monopólicas.

Con esta última decisión, la Corte fortaleció las facultades de la Cofeco, que es un organismo desconcentrado dependiente de la Secretaría de Economía, que se encarga de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia mediante la prevención y eliminación de prácticas monopólicas.

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