EDITORIAL Caricatura editorial columnas editorial

El dictamen de la Corte

Gilberto Serna

El asunto en que se vio involucrado el gobernador de Puebla, que se conoció por la publicidad que recibieron llamadas telefónicas grabadas por desconocidos que luego enviarían a los medios electrónicos, en las que se hacía patente la participación en la comisión de un delito, fue tomado en sus manos por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quienes deben decidir si está plenamente comprobado que Mario Marín Torres estuvo enterado y tuvo que ver con la detención de la escritora Lydia Cacho, autora de los Demonios del Edén. El asunto ha sido objeto de múltiples comentarios que ha dado lugar a que se haya mofado el vulgo de los términos utilizados por los personajes en que reconocieron en plática telefónica haber conspirado para detener ilegalmente a la periodista. Todos son hechos conocidos por que es irrelevante el que nos ocupemos de lo que pasó. Lo interesante es que surgieron, directamente relacionados con este asunto, nuevos datos que consideramos debe de dárseles tratamiento. La Corte tomó el asunto de Lydia Cacho para decidir si hubo gravedad en la violación de garantías.

Esto dio un giro a las indagaciones en que se vio involucrado el ejecutivo poblano. La Corte interviene para averiguar algún hecho o hechos que constituyan una grave violación a alguna garantía individual. No puede ni debe entrometerse en otros asuntos que son del resorte de las autoridades de fuero común. Es por eso de la decisión de no escarbar en los delitos de pederastia. Lo que decidió la Corte es ocuparse de la grave violación a la garantía del debido proceso legal que puso a una periodista y escritora en el predicamento de verse detenida y trasladada desde el estado de Quintana Roo hasta el Estado de Puebla aparentemente por voluntad del Ejecutivo poblano. Bien por el más alto tribunal. Esto deberá ponerse a la consideración del pleno de la Corte para que avale lo justo de la resolución que se le propone. Lo único que ensucia el procedimiento sui generis es el tomar como prueba lo que reiteradamente la Corte a considerado como prueba no válida, las conversaciones que se hacen por teléfono cuando son grabadas sin el consentimiento de los participantes.

Se estima que en esos casos de violación grave la Suprema Corte no está sujeta a disposiciones que impidan el cumplimiento de su cometido. Bien es que por ello puede brincarse a la torera lo que haya dispuesto en otros asuntos en que haya violación por la autoridad de garantías ordinarias. Si se le facultó por el constituyente para casos extraordinarios como la grave violación de una garantía constitucional, es lógico que pueda contemplar aquello que las autoridades judiciales no pueden hacer. De otra manera se estaría cayendo en un caso de impunidad no obstante la existencia de datos que ponen al descubierto una maniobra ilegal. La plática entre el gobernador Marín y el empresario Nacif es demostración de que los hechos que se les atribuyen son ciertos aunque no se contengan en una grabación autorizada previamente por una autoridad judicial. Hay ocasiones en que procede darle vacatio legis a los ordenamientos legales cuando es del conocimiento general que los hechos atribuidos son verdaderos para el dominio público.

De última hora se supo que el pleno de la Suprema Corte de Justicia concluyó que no está demostrada la existencia de violación grave de derechos humanos en perjuicio de la periodista Lydia Cacho, por lo que no se contempla la hipótesis prevista en el Artículo 97 constitucional. Al no estar probada la violación grave la Corte no estaría en posibilidad jurídica de resolver sobre el asunto; así, por mayoría de seis votos contra cuatro el pleno desestimó el proyecto presentado por Juan Silva Meza. Los ministros de la Corte consideraron que no quedó demostrado de manera fehaciente que se hayan cometido violaciones en respuesta a la libre manifestación de las ideas, considerándose que hay instancias judiciales que podrán, en su caso, sancionar y reparar las faltas. Serán entonces los tribunales federales o del fuero común los que deberán ocuparse de la violación a los derechos humanos de Lydia Cacho debiendo cumplir con el compromiso social y político de sancionar y reparar esas faltas.

El ministro Silva Meza, puntualizó que en un estado democrático y de derecho la impunidad no tiene cabida, considerando sí hubo violación grave de garantías.

Leer más de EDITORIAL

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de EDITORIAL

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 314751

elsiglo.mx