En lo que representa un doble revés a la Comisión Federal de Competencia, las empresas españolas Unión Fenosa e Iberdrola acaban de lograr la revocación de sendas resoluciones que les impedían participar en la licitación de un contrato como productores independientes de energía eléctrica.
Rechazada originalmente la posibilidad por la instancia antimonopolio bajo el alegato de no sujetarse el procedimiento abierto por la Comisión Federal de Electricidad a las normas establecidas, se debió poner en marcha la reversa ante los argumentos de las firmas afectadas.
De acuerdo a la CFC la adjudicación debió cobijarse bajo el marco de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados. De acuerdo a las firmas hispanas que acaparan la mayoría de los contratos en la materia, el ordenamiento-base es la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.
En la confrontación de razones y razonamientos, la dependencia autónoma encabezada por Eduardo Pérez Motta planteaba que de acuerdo al artículo 134 de la Constitución, las adquisiciones arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza,
así como la contratación de obra que realicen las entidades del gobierno federal se adjudicarían mediante licitación pública. Sin embargo, según la óptica de Unión Fenosa e Iberdrola la generación
de energía eléctrica que realizan los productores independientes para su venta a la Comisión Federal de Electricidad no se considera servicio público.
Más aún, se asienta que el contrato de la discordia "no tiene como objeto construir, demoler o conservar un bien mueble o inmueble propiedad del Estado, ni satisface necesidades públicas, ya que la única que presta servicio público es la propia Comisión Federal de Electricidad".
Y como el reglamento del Servicio Público de Energía Eléctrica contempla un procedimiento al que tiene que sujetarse la CFE para llevar a cabo procesos de licitación para productores independientes?
El caso es que la CFC declaró fundados los recursos de reconsideración interpuestos por Unión Fenosa Internacional e Iberdrola Energía, reculando en su prohibición original con alcance al de proyecto "Central de Ciclo Combinado Norte", que por cierto ganó Unión Fenosa. Tenían razón, pues, los quejosos. Ahora que el asunto, a querer o no, revive el añejo debate sobre la solidez jurídica de los ordenamientos en los que se sustenta la posibilidad de inversión privada nacional y extranjera en materia de generación eléctrica. Como se recordará, durante el inicio del gobierno foxista, a presión de
las empresas que participan en los proyectos, la Presidencia de la República, en uso de sus facultades, expidió un nuevo reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica aprobado por la mayoría priísta en 1992, durante el sexenio salinista. El ordenamiento le abrió la puerta a los particulares para generar electricidad para consumo propio, con la obligación de vender los excedentes a la Comisión Federal de Electricidad. La ley señalaba expresamente parámetros para ubicar hasta dónde podían
recibirse los excedentes, en el entendido que rebasar las cuotas implicaba que las firmas generadoras estaban excediendo su función. Vamos, se convertirían en competidoras de la Comisión Federal de Electricidad. El caso es que el reglamento diseñado en Los Pinos ampliaba olímpicamente los cupos tanto para productores independientes como para generadores y cogeneradores, lo que implicaba enmendarle la plana a la Ley. La aberración jurídica, pues, era evidente. El absurdo provocó la presentación de una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por parte del Congreso, bajo el argumento simple de que el Ejecutivo invadía funciones del Legislativo. Lo interesante del caso es que ante el peso de la evidencia el recurso fue avalado por la unanimidad de la Cámara de Diputados, es decir
incluídas las firmas de la bancada de Acción Nacional. La instancia, naturalmente, le dio la razón a los quejosos. Ahora que la sorpresa fue que el máximo tribunal de justicia del país no sólo declaraba contrario a la Constitución el reglamento de la discordia, sino la propia Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica cuyo alcance, dijo, está por encima de lo dispuesto en el artículo 28 de la Carta Magna.
¡Pácatelas! Lo inaudito del caso es que ni el gobierno ni el Congreso movieron un dedo par arreglar la casa, es decir modificar la Constitución para hacer congruente el ordenamiento, o derogarlo tras el entredicho. Nadamos, pues, de muertito. Y en el río revuelto, pues, mientras la Comisión Reguladora de Energía sigue otorgando carretadas de permisos para generación privada, la Comisión Federal de Electricidad abre uno y otro procedimientos bajo el cobijo de una ley en el limbo. Gol de España? autogol de México.
Balance general
Al margen de los vaivenes externos, la volatilidad en la Bolsa Mexicana de Valores -el martes negro se cayó más que ninguna del planeta, con excepción de la de Shangai, y el jueves siguiente fue la única que subió ligeramente-, se explica por el alto precio alcanzado por los papeles en oferta. Medido el índice desde el 26 de julio del año pasado, cuando empezó el despegue, las acciones de Vitro, por ejemplo, han subido en su costo ¡153.01 por ciento!, es decir más de 30 tantos de la inflación. Ahora que las de la cadena de tiendas Famsa alcanzan 116.56 por ciento más; las de Soriana 167.57; las de Grupo Mexicano de Desarrollo, firma que hasta hace dos años navegaba como desahuciada, 167.50. Y aún hay más: las de la cadena de tiendas Gigante han crecido en su precio 106.42 por ciento; las del grupo minero Autlán 92.31; las de la desarrolladora de vivienda Homex 96.41, y las del grupo Desc 74.10. De hecho, en un listado de 50 emisoras las que menos han crecido en su cotización son ICA, con un nivel de 30.45, en tanto Cementos Mexicanos lo hizo 32.54 y el grupo Carso 33.92. Las últimas, pues, son las primeras.
¿Le encuentra usted lógica al rompecabezas?
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Al margen de la necesidad de tener espacios para comercializar sus contenidos, la obsesión de Televisa por acumular en la buchaca empresas de televisión por cable se explica por el crecimiento desbordado que mantiene el precio de las acciones de éstas ante la inminencia del triple play.
Estamos hablando de aprovechar la infraestructura para ofrecer servicios de telefonía e Internet.
De hecho, la correduría Merrill Lynch está recomendando la inversión como uno de los "más atractivos usos de capital". Como le habíamos comentado, al margen de la resolución de la Comisión
Federal de Competencia que condiciona la compra de Televisión Internacional de Monterrey, la principal cablera de Nuevo León, a abrir sus contenidos de televisión abierta a las empresas del ramo, Televisa está en tratos para adquirir mayoría en tres firmas más.
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Quien llegará hoy al país es el presidente de la empresa canadiense Bombardier, Laurent Beadoin.
La firma que llegó a México a la privatización de la Constructora Nacional de Carros de Ferrocarril, Concarril, ubicada en Ciudad Sahagún, Hidalgo, está sembrada como la compañía de transporte ferroviario más grande del mundo y la tercer mayor fabricante de aviones, después de Boing y Airbus.
Justo el año pasado Bombardier instaló en Querétaro una planta de partes para la industria aeroespacial, con tecnología de punta. El presidente de la filial en nuestro país de la empresa canadiense, es desde finales de año pasado, Carlos Eduardo Represas.
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