Polarizadas las posturas de tirios y troyanos en la pasión de la causa de supuestos buenos y malos, pareciera que el destino de la llamada Ley Televisa que se juega en la Suprema Corte de Justicia apunta al todo o nada… a soslayo de lo rescatable en una y otra corrientes.
En la confusión de panegiristas y detractores de los dueños de los medios, por ejemplo, se está dejando de lado un capítulo fundamental de las reformas a la Ley General de Radio y Televisión y Telecomunicaciones: la certeza de autonomía del órgano regulador.
De mantener intacto el criterio con que se derribó la exigencia para que el Senado pudiera objetar los nombramientos de integrantes del pleno de la Comisión Federal de Competencia, el próximo lunes el máximo tribunal de justicia del país replicará el marco con la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
El argumento es simple: Se vulnera la facultad del Ejecutivo para nombrar y remover libremente a los funcionarios, es decir se mengua la autoridad presidencial.
El problema es que, para empezar, los cargos de comisionados traspasan el ámbito sexenal. Más allá, el concepto de autonomía técnica conferido a la Cofetel apuntaba a cancelar cualquier motivación política frente a las razones técnicas y legales, lo que derivaría en certeza jurídica para los actores.
Dicho con todas las letras, que las decisiones del órgano regulador no sean desvirtuadas por instrucciones del superior jerárquico.
De ahí, pues, el que se les diera carácter de inamovibles a los comisionados bajo un prisma, naturalmente, en que no existieran causas graves que justificaran su remoción, a fin de prevenir que sus resoluciones pudieran ser objeto de sanciones políticas por parte de servidores públicos del más alto nivel.
En ese marco, adicionalmente, se reclamaría la independencia absoluta de éstos frente a los entes a regular.
De ahí, además, el que se les confiriera un periodo de mandato ajeno a los avatares sexenales y conveniencias gubernamentales, que les otorgara visión de largo plazo.
De ahí, finalmente, el someterlos al escrutinio del Poder Legislativo, representado por el Senado, en aval de la capacidad e independencia de criterios de los comisionados, en refuerzo del equilibrio de poderes que reclama la democracia.
No es ocioso reiterar que la inmovilidad y la transexenalidad hacen inmune al órgano regulador, mientras la intervención del Senado enfatiza la autonomía técnica.
Ahora que, a contrapelo de la declaración de inconstitucionalidad que está en la antesala, lo cierto es que la justificación frente a la vela en el entierro del Senado en el asunto se ubica en la fracción II del artículo 89 de la Constitución, que prevee que el Ejecutivo pueda nombrar y remover libremente a los funcionarios, “excepto que tales acciones estén determinadas de otro modo en la Constitución o en las leyes”.
Más aún, en la fracción V se faculta al Ejecutivo a “nombrar a los demás oficiales del ejército, armada y fuerza aérea nacionales, con arreglo a las leyes”.
Estamos hablando, pues, de la posibilidad de modificar la letra del precepto por vía de leyes secundarias.
Lo inaudito del asunto es que para los ministros de la Suprema Corte el que el texto no se refiera expresamente a la intervención del Congreso nulifica la exigencia contenida en las reformas que originaron la Ley Televisa.
La literalidad, pues, como sustento, a soslayo de la racionalidad. Dicho más fácil, la concordancia semántica frente a la capacidad del racionamiento humano.
Lo dramático del asunto es que bajo las reglas previstas la objeción del Senado no tiene una naturaleza absoluta ni marca la conclusión del procedimiento, pues el Presidente de la República conserva intacta la facultad de hacer observaciones al Decreto que expida el Legislativo.
Digamos que el Ejecutivo también tiene mecanismos de contrapeso.
El problema es que en la división de organismos descentralizados y desconcentrados se deja de lado el caracter autónomo de las instancias reguladoras, lo que representa, justo, su mayor fortaleza.
El caso es que en la confusión se plantea llegar al absurdo de cancelar la exigencia de que el Senado tenga poder de objeción frente al nombramiento de Procurador de Defensa del Contribuyente, lo que colocaría al gobierno como juez y parte.
¿Vuelta en u del autoritarismo?
Balance general
Dos son las vías por las que correrá la investigación de oficio que abrió la Comisión Federal de Competencia en relación al mercado de medicinas: la excesiva concentración en materia de distribución y las barreras existentes para cerrar el paso a la posibilidad de importación.
En el primer caso estamos hablando de dos firmas hegemónicas que prácticamente coptan las ventas al mayoreo y al menudeo de la red de farmacias: La Casa Saba, de Isaac Saba Raffoul, conocido como “El señor de los dineros”, y Nacional de Drogas (Nadro) de Pablo Escandón Cusi.
En el segundo, hete aquí que de acuerdo a la ley, para que puedan adquirirse fármacos del exterior el reclamo señala que la empresa adquiriente esté integrada al giro, con la novedad de que debe tener al menos una planta en el país.
El hecho es que el costo de los medicamentos de patente ha crecido en los últimos tres años en promedio el inaudito de ¡690 por ciento!
Y para qué hablar de casos específicos.
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Quien se perfila como prospecto del gobierno para ocupar la vicegubernatura del Banco de México, vacante desde hace más de cuatro meses, es Guillermo Zamarripa, que se desempeña como director general de Banca Múltiple de la Secretaría de Hacienda.
Estamos hablando de uno de los integrantes del círculo más cercano al titular de la dependencia, Agustín Carstens.
El nombramiento presidencial, como usted sabe, debe pasar por el tamiz del Senado… quien objetó al primer candidato colocado en la mesa, es decir al ex subsecretario de Egresos de Hacienda, Carlos Hurtado.
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De acuerdo a informes recibidos por el columnista, uno de los aportantes a la campaña del aspirante panista al gobierno de Yucatán, Xavier Abréu, es el empresario Rodolfo Rosas, a quien se acusó durante el gobierno de Joaquín Hendricks en Quintana Roo de haber especulado con terrenos comerciales en Playa del Carmen, que se financiaron en forma poco clara.
De hecho, las señales apuntan a una inminente quiebra en cascada de sus empresas.
Más aún, una de ellas, de razón social Ponac, desapareció abruptamente hace unos meses.
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¿Se acuerda usted del dicho aquel de los últimos serán los primeros? Bueno, pues éste se cumple a la letra en materia de bancos: los más capitalizados son los pequeños.
La distancia es abismal.
Así, hete aquí que el campeón indiscutible es el Banco Regional, que acumula un índice de 558.04 por ciento en relación a su cartera crediticia frente, por ejemplo, a Santander, HSBC o BBVA/Bancomer, que llegan a sólo 12.44, 14.67 y 15.64 por ciento respectivamente.
Y si le seguimos, el banco Multivalores alcanza 359.20; el Ahorrafácil 368.69; el de la cadena de tiendas Famsa, 296.12; Monex, 192.03, y Autofin, 118.23.
En contraste, Ixe llega a 17.13; el Scotiabank al 16.69; Banorte al 15.94, y Banamex al 15.64.
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