La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió su recomendación 9/2007, al procurador general de Justicia Militar, José Gabriel Sagrera Hernández, por el caso de un subteniente de Infantería, que murió a consecuencia de una “novatada”, luego de ser transferido al Campo Militar 1–A, en la Ciudad de México.
De acuerdo con el organismo, el teniente Jorge Luis Zerón Martínez llegó a la unidad militar el 12 de marzo de 2005, proveniente de Escobedo, Nuevo León y fue recibido por el coronel Uriel Ríos Velázquez a las 7:00 horas.
En el alojamiento, el coronel ordenó a Zerón Martínez beber alcohol, al igual que al subteniente de Infantería Luis Aurelio Flores Vargas y al teniente de Infantería Arturo Rivera.
A partir de las 14:30 horas el subteniente permaneció solo en dicho lugar, supuestamente dormido, hasta las 18:30 horas en que el mayor Carlos Suárez Martínez y los subtenientes Flores Vargas y Vinicio Juárez se percataron de que no reaccionaba.
Los tres lo trasladaron a la enfermería de la Segunda Brigada de Infantería Independiente, en el Campo Militar Uno A, para su urgente atención médica, donde le fueron aplicados los procedimientos de reanimación para luego trasladarlo al Hospital Central Militar, donde falleció a las 19:40 por paro respiratorio.
De acuerdo con la investigación de la CNDH, la ingestión de bebidas alcohólicas a que fue obligado le produjo al agraviado insuficiencia respiratoria aguda secundaria, consecuente a broncoaspiración de contenido gástrico, lo que le provocó la muerte.
El organismo precisó que en enero de 2006 se ejerció acción penal contra el coronel Ríos Velázquez, por su responsabilidad en el homicidio y el 15 de febrero siguiente el juez sexto militar le dictó auto de libertad.
El agente del Ministerio Público Militar interpuso recurso de apelación y el Supremo Tribunal Militar revocó la resolución del juez y dictó auto de formal prisión.
El 17 de enero de 2007 el juez sexto militar dictó sentencia definitiva en que declara que el coronel no es culpable ni penalmente responsable de abuso de autoridad, ante lo que se interpuso una apelación que está pendiente de resolución.
Independientemente de las actuaciones judiciales, la CNDH consideró acreditado que elementos del Ejército Mexicano transgredieron los derechos a la legalidad y seguridad jurídica del agraviado, al ejercer indebidamente el cargo que les fue conferido, emitiendo órdenes contrarias a la función pública y omitiendo deberes de cuidado.
Destacó que en la necropsia se detectaron barbitúricos en la sangre del occiso, así como lesiones que indican que fue víctima de agresión física.
Por ello, consideró necesario que el Ministerio Público Militar se pronuncie sobre el probable abuso de autoridad, el origen y cantidades de barbitúricos en la sangre del occiso y las lesiones que presentaba el cuerpo del subteniente Zerón Martínez.