Advierte la empresa que paristas impiden el acceso a brigadas de mantenimiento.
La empresa Minera Cananea exigió el cabal cumplimiento de los términos en que el Juez Quinto de Distrito dictó la resolución de suspender provisionalmente los actos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) que declaraban inexistente la huelga.
Fuentes de la minera exhortaron a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que hagan cumplir la Ley, pues aseguran que la Sección 65 del Sindicato Minero mantiene de manera ilegal el control total del acceso y de las instalaciones de dicha empresa desde el pasado 30 de julio.
La compañía explicó que en estos 11 días se ha impedido, limitado y coartado la obligación de los grupos de emergencia, mantenimiento y conservación que deben trabajar para evitar daños a las instalaciones.
La resolución del Juez Quinto de Distrito señala que no se ha fijado aún una fianza al sindicato para que garantice la cobertura de los daños que pudieran generarse por el paro de labores; sin embargo, ésta podría definirse en la audiencia incidental del juicio de amparo a celebrarse el próximo 15 de agosto.
En este sentido la Minera Cananea llamó a la Sección 65 del sindicato minero para que cumpla con las resoluciones judiciales y permita el libre trabajo de quienes de manera voluntaria quieran regresar a sus labores.
Las fuentes de Minera Cananea explicaron que de acuerdo con la resolución judicial los trabajadores que quieran regresar a su empleo podrían hacerlo e incluso reanudar labores parcialmente en dicha planta minera.
Los abogados de Minera Cananea explicaron que la suspensión provisional otorgada por el Juez Quinto al sindicato se dio sin garantía alguna, debido a que los obreros que insisten en el movimiento de huelga no van a recibir salario alguno.
Aunque reconocieron que existe el paro de labores también hay trabadores que quieren reanudar actividades y por lo tanto la empresa está en la libertad de reiniciar el proceso de negociación con quienes quieran trabajar y a quienes se les estaría pagando su salario íntegro.
Por lo tanto, insistieron los abogados, “no existe impedimento legal para que la empresa realice las gestiones necesarias tendientes a la recuperación de las instalaciones para reanudar labores con la participación de los trabajadores que así lo determinen”.
CANANEA, SONORA
‘Le pegaron tanto que le echaron a perder un ojo’
Estuvieron a punto de quemarlos vivos, después de que rompieron los vidrios del autobús en el que los subieron. Traían bombas molotov, pero alguien les dijo que los iban a acusar de homicidio si los quemaban.
Es el testimonio de René Humberto Córdova Rodríguez, uno de los trabajadores golpeados por los líderes de la Sección 65 del sindicato minero cuando los desalojaron de la mina de Cananea, un día después de que estalló la huelga.
Eran como las 9:00 horas de ese martes cuando entraron todos los del sindicado y al frente venía el secretario general, Sergio Tolano, aventando piedras; se escondieron en el edificio del departamento de Mina Mantenimiento “y ahí fue la quebradera de vidrios de los ventanales”, relata.
Asegura que era como una guerra, en el techo de láminas sonaban las pedradas y los trabajadores más viejos estaban temblando a uno de ellos se le bajó la presión y no descansaron hasta que los sacaron uno por uno y en medio de una fila india los hicieron llegar hasta el autobús a golpes y tubazos.
Le dieron primero un tubazo, explica, luego le siguieron golpeando en la cabeza y perdió el sentido, cuando se dio cuenta ya estaban todos amontonados en el camión uno sobre otro y la gente gritaba que los sacaran por otra puerta, porque en la tres estaba toda la gente gritando y los iban a golpear.
Los llevaron hasta otro edificio, donde se reunieron los que están contra Napoleón Gómez Urrutia y contra Sergio. Ahí los sacaron; no recuperaba bien el sentido, dice, pero caminó por la calle hasta que una persona lo ayudó y pidió una ambulancia para que lo llevaran al Hospital del Ronquillo, donde fue atendido.
René Córdova trabaja en la Minera Cananea desde hace 20 años, inició sus labores cuando tenía 17 a través de una empresa subcontratista, como ayudante general. Hacía limpieza y hoy dos décadas después se desempeña como operador de maquinaria.
Sentado en el sofá de su casa, al lado de su esposa, Vindi Martínez, de 27 años de edad, asegura que gracias a su esfuerzo y a su trabajo en la mina de cobre hoy cuenta con su casa propia del Infonavit, con una amplia sala, dos baños y dos recámaras.
Vindi Martínez asegura que está muy contenta con el trabajo de su marido, Pero no dejará que vuelva a trabajar en ese sindicato, porque cuando estuvo ahí la tuvo abandonada, todo el tiempo tenía que estar en el recinto sindical y dejaba de verla a ella y a sus dos hijas.
Además, mencionó, “ahora que lo golpearon los del sindicato me lo dejaron muy mal, le pegaron tanto que le echaron a perder un ojo, y le dijeron en el hospital de Hermosillo que si quiere volver a ver le van a tener que hacer un trasplante de córnea. Eso no es justo”.
Empleos están en riesgo
Los mineros de Cananea corren riesgos si mantienen su “huelga”, que para la empresa Minera Cananea es inexistente como lo declaró la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, pues podrían perder al menos la mitad de sus salarios y si se llega al extremo podría optarse por la liquidación completa del sindicato como ocurrió en Nacozari.
La empresa considera que las pérdidas millonarias que registra la minera podrían evitarse con una decisión unilateral de Grupo México y todas las conquistas laborales se perderían.
José Fernando Rodríguez Correa, subgerente de Capacitación y Comunicación de Minera México, dijo que si el Poder Judicial determina que el amparo no debía darse los trabajadores no podrán cobrar ni la mitad de los sueldos caídos, “no cobrarán nada”.
Expuso que el hecho de que se dictara una suspensión provisional no significa que ganaran siquiera el amparo, menos la huelga, por lo que los trabajadores no deberían manifestarse tan confiados.
Explicó que, de acuerdo con la Ley de Amparo, cuando alguien solicita ese recurso, si está fundamentada la solicitud y se hace conforme a la Ley, se otorga en primera instancia una suspensión provisional contra los actos de una autoridad, que en este caso es contra la declaratoria de inexistencia dictada por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA).
Eso sólo hace que se dejen las cosas como están y se cita para la primera audiencia que es la incidental, en donde se determina si la suspensión se otorgó con base en la Ley y si se cumplieron todos los requisitos y esto sucederá el 15 de agosto.
La segunda de las diligencias es la audiencia constitucional, que es cuando se entra al fondo del asunto y con base en las evidencias de una y otra parte se determina la viabilidad del amparo, pero eso sucederá hasta el 4 de septiembre próximo.