Hasta la muerte tiene un precio
Pocas personas preparan en vida sus exequias. Además del dolor por la pérdida, los deudos deben cargar con el costo de encontrar para su ser querido la ‘última morada’. Si la muerte llega por sorpresa, el ‘descanso eterno’ puede ir desde los 2 mil 350 pesos hasta más de 100 mil si se organiza un ‘último adiós’ a todo lujo.
TORREÓN, COAH.- A pesar de que la muerte sólo es cuestión de tiempo, pocas personas preparan en vida lo que será su último adiós. Así, en medio del dolor, los deudos deben realizar una infinidad de trámites legales, y lo peor: desembolsar una buena cantidad de dinero para que sus seres queridos descansen en paz. Si la muerte toma por sorpresa, el descanso eterno de un ser querido puede ir desde los dos mil 350 pesos hasta más de 100 mil pesos, cantidad que todavía puede aumentar de manera considerable si la despedida es a todo lujo.
De acuerdo a información proporcionada por Lourdes Tirado Medina, jefa del Departamento de Educación y Divulgación de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) de Torreón, elegir el lugar donde se descansará para siempre no es una tarea sencilla, por eso exhortan a las personas a “ponerse muy vivos” y no tomar una decisión equivocada.
La funcionaria federal considera que este dos de noviembre es una oportunidad para que las personas contemplen la posibilidad de dejar todo en orden antes de partir al más allá, y para eso las agencias funerarias ofrecen una variedad en precios y estilos, acordes para todo presupuesto y gustos. Hay paquetes que incluyen el aseo estético del cuerpo, embalsamamiento, sala de velación, transportación del difunto y dolientes al cementerio, y que, mediante una carta poder, pueden tramitar el acta de defunción, certificado de embalsamamiento, la orden de inhumación o cremación y permiso para trasladar el cuerpo a otro estado del país. Ofelia Ortiz, encargada de los Estudios sobre Consumo de la Profeco de Torreón, realizó un sondeo entre las diferentes funerarias de la ciudad como Velatorios del IMSS y del DIF, y agencias privadas.
El estudio reveló que entre una funeraria y otra los precios varían de manera considerable, por eso es importante que las personas no permitan que el dolor por la muerte de un ser querido, las ciegue al grado de afectar la economía familiar al gastar una fuerte cantidad de dinero o endeudarse para pagar el entierro.
Un ejemplo: el paquete básico con ataúd metálico económico, capilla de velación, preparación del cuerpo, traslados, carroza y trámites, en el DIF cuesta dos mil 350; en el IMSS tres mil 506; pero en las agencias privadas puede alcanzar los diez mil 150 pesos más IVA (incluye trámites); o 15 mil 975 pesos más IVA con servicio de cafetería. El precio aumenta si los deudos contratan el paquete básico con ataúd metálico de lujo, capilla de velación las 24 horas, preparación del cuerpo, traslados, carroza y trámites; en el DIF tiene un valor de cinco mil pesos; en el IMS nueve mil 734; y en las agencias privadas aumenta a siete mil 500 pesos más IVA (café negro, crema, refrescos y agua); nueve mil 990 más IVA; 14 mil 750 más IVA; 80 mil 853 más IVA (servicio de cafetería); y 105 mil pesos (servicio de cafetería). Lourdes Tirado Medina aclara que en algunas ocasiones las funerarias tratan de convencer a los deudos de embalsamar al difunto aunque no sea necesario, esto para cobrar el servicio. “No se deje engañar, este proceso es obligatorio sólo en casos especiales como: muerte por enfermedad contagiosa (Sida, gangrena, entre otras), velación por varios días, para trasladar el cuerpo a un lugar lejano, y por las condiciones climáticas del lugar o por solicitud de alguna autoridad”.
Desde 1983, cuando cambió el Código de Derecho Canónico, la Iglesia católica aprueba la incineración de cadáveres. El costo por el servicio de cremación directa de un adulto va desde seis mil pesos hasta nueve mil pesos, mientras que el servicio completo se consigue desde ocho mil hasta 22 mil pesos, e incluye ataúd, velación, traslado y trámites ante el Registro Civil. Según datos de Ofelia Ortiz, en algunas agencias funerarias la cremación directa cuesta seis mil pesos, y el servicio completo ocho mil pesos; en otras se consiguen estos mismos servicios en cinco mil 500 pesos y ocho mil 500, respectivamente; pero hay otras de mayor costo, la cremación directa es de nueve mil pesos y el servicio completo de 22 mil pesos. En ambos paquetes se incluye la renta del ataúd, pues la urna se compra aparte con un costo promedio de seis mil pesos, sin embargo, hay de mármol, níquel y de maderas como caoba, nogal, cedro y sabino, que pueden llegar a costar hasta 30 mil pesos.
LOS TRÁMITES
Lourdes Tirado Medina asegura que en la Profeco, las personas interesadas pueden obtener la información necesaria para elegir la mejor opción en servicios funerarios, incluso señala que en la Revista del Consumidor de noviembre de 2005, se dan conocer los trámites necesarios y en dónde realizarlos y estos mismos datos se pueden proporcionar en la delegación Torreón.
Cuando fallece una persona, sus familiares deben cumplir con requisitos administrativos. Para solicitar la inhumación o incineración, el cliente debe tener en su poder el certificado médico de defunción. Para obtenerlo se pueden presentar los siguientes casos: si el deceso ocurre en una institución médica, el hospital es el responsable de emitirlo a través de cualquier médico que cuente con cédula profesional; y cuando el fallecimiento ocurre en un domicilio particular, si la persona estaba bajo tratamiento médico, se debe avisar al doctor que la atendió para que emita el certificado correspondiente. Por último, cuando la persona fallece por accidente, violencia o en vía pública, es necesario dar aviso al Ministerio Público quien designará a un médico forense para que investiguen las causas del fallecimiento, y él se encargará de expedir el certificado médico de defunción.
NORMA OFICIAL MEXICANA
La Profeco exhorta a las personas a conocer algunos de los puntos de la Norma Oficial Mexicana (NOM036) sobre prácticas comerciales y requisitos de información en la contratación de servicios funerarios. Algunos puntos importantes a considerar son los siguientes: toda operación comercial relacionada con la prestación de servicios funerarios debe hacerse constar en un contrato de adhesión, registrado previamente ante Profeco. La prestación de servicios funerarios a futuro, no debe condicionarse a la designación anticipada de usuarios ni a la designación del titular sustituto; el consumidor tiene el derecho de disponer de los servicios contratados conforme a sus necesidades.
El precio de los servicios funerarios debe expresarse en moneda nacional; los proveedores deben expedir al consumidor la factura, recibo o comprobante que ampara cada pago que éste realice y en el documento que se expida deben desglosarse los bienes y servicios. Deben especificar qué servicios están fuera del paquete, si es local o foráneo, si es inmediato o futuro y los cobros adicionales que debe cubrir el consumidor; tratándose de operaciones a crédito en las que se establezca el pago de intereses, la determinación del procedimiento para el cálculo de los mismos y la forma en cómo deben ser liquidados por el consumidor. Además, los proveedores de servicios funerarios a futuro deben acreditar ante la Procuraduría que cuentan con garantías suficientes y expeditas en el pago para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones, las cuales deben cumplir con las características de irrevocabilidad, eficiencia, permanencia, transparencia y legalidad que resulten necesarias para proteger los intereses de los consumidores.
INTERNACIÓN O SALIDA DE UN CADÁVER DE TERRITORIO NACIONAL
Para orientar a las personas, la Revista del Consumidor explica que la internación y salida de cadáveres del territorio nacional sólo podrá realizarse mediante la autorización de la Secretaría de Salud o por el orden de la autoridad judicial o del Ministerio Público.
En el caso del traslado de cadáveres entre entidades federativas, se requerirá dar aviso a la autoridad sanitaria competente del lugar en donde se haya expedido el certificado de defunción. Lourdes Tirado Medina insiste sobre la importancia de conocer los trámites y de los costos de los servicios funerarios para que la muerte no tome por sorpresa, y exhorta a los interesados a investigar el plan más conveniente para evitar dejar a sus seres queridos endeudados en medio del dolor.
En opinión de Roberto López Franco, psicólogo, la muerte en la mayoría de los casos termina por sorprender a una familia porque no hay una cultura de prevención, por lo tanto la pérdida de un ser querido se convierte en una crisis financiera. “A pesar de que sabemos que en la vida lo único que tenemos seguro es la muerte, no tenemos la prevención de contratar a tiempo un servicio funerario, por eso las familias viven situaciones de crisis emocionales y económicas al momento de perder a un ser querido”.
No deje de herencia sus problemas
La Dirección General de Estudios sobre Consumo de la Profeco, emite la siguiente información para que las personas no hereden problemas a sus seres queridos al momento de morir, pues es importante para la planeación de las finanzas familiares contar con la documentación legal y familiar en orden y a la mano,
además de un testamento.
■ Para conocer más sobre el tema se puede consultar el artículo El mes del testamento, publicado en el boletín Brújula de compra en la siguiente dirección de Internet brujula@profeco.gob.mx, en donde se recomienda contar con un pequeño archivo con documentos y datos importantes, entre ellos:
■ El testamento, sencillo y claro para evitar posibles pleitos familiares.
■ Cartas poder para el abogado y notario.
■ Fideicomiso, si lo hubiere.
■ Actas del Registro Civil de todos los miembros de la familia (nacimiento, matrimonio, defunción, adopción) y pasaportes.
■ Documentos del Seguro Social.
■ Seguros, en la póliza vigente, engrapar el comprobante de las primaspagadas de vida, automóvil, gastos médicos mayores y de educación de los hijos.
■ Escrituras de la vivienda o contratos de arrendamiento y de compra-venta.
■ Documentos hipotecarios y del lote del cementerio.
■ Cuentas bancarias, certificados bancarios de inversión y tarjetas de crédito.
■ Cajas de seguridad bancarias con su número, llave y ubicación.
■ Facturas de vehículos automotrices.
■ Relación de joyas y objetos de valor.
■ Número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), convenios y contratos.
■ Conservar durante los últimos cinco años todos los recibos de pagos de
■ Impuesto Sobre la Renta, tenencia de vehículos, traslado de dominio y prediales.