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Implicado en asesinato de mujer decapitada promueve un amparo

EL SIGLO DE TORREÓN

Cd. Lerdo, Dgo.- Los abogados de Roberto de la Rosa Mendoza, detenido para investigación con relación al caso de la mujer decapitada, promovieron una demanda de amparo ante el Juzgado de Distrito en contra de la Subprocuraduría de Justicia del Estado, por la incomunicación y la privación ilegal de la libertad.

El subdirector de Averiguaciones Previas, Ernesto Fernández Pérez, informó lo anterior y dijo que posiblemente soliciten una orden de arraigo al Juez Penal, aunque todavía no definen si tratarán de arraigar a De la Rosa Mendoza y a Esteban Soto Camarena, esposo de la hoy occisa, o a ambos, pues reconoció que no tienen una prueba contundente para relacionarlos con el homicidio.

Como se informó en la edición de ayer, De la Rosa Mendoza y Soto Camarena, fueron detenidos desde el viernes por la mañana, una hora después de que fue localizado en la colonia Villa Jardín el cuerpo decapitado de Rocío Arcaute García, de 28 años de edad. Estas personas fueron detenidas por la relación que los ligaba a la hoy occisa, pues el primero fue la última pareja sentimental de la mujer y el segundo fue su marido, aunque estaban separados desde agosto del año pasado.

Fernández Pérez, informó que el domingo a las 16:00 horas recibieron la notificación de la demanda de amparo y desde ese momento la Subprocuraduría cuenta con 24 horas para rendir un informe previo sobre la situación legal de Roberto de la Rosa Mendoza, ante el Juzgado de Distrito, ayer por la tarde presentaron dicho informe y en un plazo deberán rendir un informe justificado ante la misma instancia.

Cuestionado sobre la situación de estas dos personas, el subdirector de Averiguaciones Previas, aseguró que no les están violando sus garantías individuales, aunque reconoció que el agente del Ministerio Público no los ha declarado y no dio ningún fundamento legal para que estén detenidos.

“No se les están violando sus garantías, ellos no están detenidos, son parte de la investigación, el amparo es por la supuesta incomunicación”, dijo el funcionario, pero aceptó que las dos personas no pueden abandonar el área de la Subprocuraduría donde los tienen retenidos.

El subdirector de Averiguaciones Previas, aseguró que el móvil de este crimen es pasional, aunque aceptó que no saben dónde se cometió el homicidio ni quiénes participaron, también que no han logrado recabar indicios para fincar alguna responsabilidad, aunque afirmó que sí tienen elementos para solicitar el arraigo. “Tenemos el cuerpo del delito, más no tenemos una prueba contundente”, respondió cuando se le preguntó si tienen alguna prueba de que las personas detenidas participaron en el crimen.

Las garantías

A continuación se transcribe parte del Artículo 16 constitucional:

Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento (...) ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio Público por más de cuarenta y ochohoras, plazo en que deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición de la autoridad judicial (...)

FUENTE: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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