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Inconstitucional, paquete fiscal

De acuerdo a Bretado Fernández, la entrada en vigor de la reforma fiscal a partir del primero de enero de 2008 traerá una lluvia de amparos en contra del IETU.

De acuerdo a Bretado Fernández, la entrada en vigor de la reforma fiscal a partir del primero de enero de 2008 traerá una lluvia de amparos en contra del IETU.

Virginia Hernández

Las polémicas se concentraron en el IETU y los depósitos en efectivo, que no tiene nada que ver con hacer leyes más justas, opinó Víctor Bretado.

TORREÓN, COAH.- Para Víctor Bretado Fernández, socio del área fiscal de la firma Ernest & Young son inconstitucionales los elementos aprobados en el dictamen de reforma fiscal y reiteró nuevamente que habrá una lluvia de amparos una vez que sea publicado el paquete fiscal.

El socio del área fiscal de la firma Ernest & Young y el presidente del Colegio de Contadores Públicos de La Laguna manifestó que los amparos están en puerta “por ser una Ley que al hacer distinciones y establecer supuestos impuestos de manera arbitraria por las autoridades da elementos que permiten a los contribuyentes que lo decidan ampararse contra la entrada en vigor del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)”.

Mencionó que de la iniciativa de reforma fiscal presentada a lo que quedó aprobado tiene los mismos elementos de inconstitucionalidad, son los mismos temas, pero ahora se notan más claras las violaciones y rompe con la equidad tributaria.

Bretado Fernández explicó que esto se da “al limitar expresamente dentro de una disposiciones el tomar deducciones que son necesarias para generar los ingresos, por lo que en automático caes en una violación de equidad tributaria”.

Aún cuando se habla que el IETU desalentará las inversiones en México, los socios del área fiscal comentó que la bandera que está manejando el Gobierno es que las empresas que realicen inversiones no deben tener un impacto en este impuesto. Aclaro que dependiendo de la estructura de cada compañía, explicó que el IETU al permitir la deducción en un 100 por ciento de las inversiones que realice y que haya pagado, no debe tener una afectación.

Dijo que lo que llama la atención sobre el incumplimiento de acuerdos con funcionarios de la SHCP y los legisladores, sobre todo en temas acordados a los cuales se les iba a dar solución para evitar un impacto negativo por este nuevo impuesto, pero que al final no fueron tomadas en cuenta las recomendaciones.

Un caso concreto que se mencionó fueron las perdidas fiscales de las empresas no tienen un reconocimiento fiscal dentro del IETU. De igual forma los activos que ya se tienen sólo podrán deducirse en un 50 por ciento, y para aquellos que sean adquiridos a partir del primero de septiembre al 31 de diciembre de 2007 podrán deducirse en un 100 por ciento, pero en tres años.

Opinó que los activos adquiridos en años anteriores, la empresa no podrá deducirlos íntegramente, lo cual lo calificó como una situación grave si se venden inmuebles o equipos se pagará un impuesto por algo que no es una ganancia.

Añadió que la recuperación del Impuesto al Activo que hayan pagado las empresas en años anteriores, ahora en el mejor de los casos podría recuperarlo en diez años.

Bretado Fernández subrayó que la iniciativa de reforma fiscal sí la mejoraron, aclararon conceptos sobre deducciones y nópmina que estaba incompleto. Sin embargo, la previsión social no juega para este nuevo impuesto, dando un efecto negativo aún cuando es un gasto para la empresa.

“Si mejoraron, pero no (se aprobó) lo que se había platicado en las mesas de trabajo, por eso el sin sabor del empresariado mexicano, ya que se dio una concertación a la aprobación del IETU y a los depósitos en efectivo que no tienen nada que ver con hacer leyes más justas para los mexicanos, sino únicamente recaudar mayores ingresos”.

En la lupa

Reconoció el socio del área fiscal que debido a que la reforma fiscal no ha sido publicada aún, trabajan en estos momentos en el proceso de análisis para interponer el recurso de amparo una vez que entre en vigor la Ley y afecte las garantías constitucionales de los causantes.

Dijo que el IETU afecta con mayor fuerza a las empresas que se encuentran en una etapa de madurez, que tengan más de cinco años de operaciones, las cuales no están en una fase de crecimiento y no realizan una compra importante de activos.

Bretado Fernández que por parte de la firma que representa están realizando análisis sobre la implementación de este recurso legal, sin embargo, aseguró que “estamos convencidos que le asiste el derecho del contribuyente de poder hacer uso al recurso del amparo”, pero reconoció que será cuestión de hacer un avalúo completo de cuáles son los elementos para su correcta aplicación.

Por último, dijo que “no es un mal concepto, pero el sabor amargo para el sector empresarial es que la reforma fiscal no reconoce los derechos del contribuyentes, por lo que lo ideal sería que todos paguemos nuestros impuestos”.

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