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La inmunidad de Fox

Gilberto Serna

Se ha hecho tanto escándalo con el asunto de la inversión en la finca que ocupa la pareja de los Fox que daría la impresión de que el día menos pensado van a estar presos por la comisión de delitos patrimoniales cometidos, durante la gestión administrativa de Vicente que desempeñó el cargo de Presidente de la República. Si no se apuran, los que quieren verlo tras de las rejas, en unos cuantos días verán frustradas sus justas o torcidas aspiraciones. La Constitución, artículo 113, ordena que la responsabilidad por delitos oficiales sólo debe exigirse durante el periodo en que el funcionario ejerza su encargo o dentro de un año después de que terminó. En el caso, está a punto de expirar ese “año después” si consideramos que dejó el cargo el 31 de noviembre de 2006 y para este primero de diciembre del año en curso o sea de 2007 habrá transcurrido el plazo que dejará, no del todo, a salvo al ex presidente. Eso dicho bajo la presunción de que estemos frente a uno o más delitos oficiales y de que el presidente sea considerado un alto funcionario. Dejemos en claro que el caso no requiere la destitución del cargo ni que en consecuencia se proceda a privarlo del fuero, pues ya ha concluido en la función encomendada, lo que hace que, en su caso, quien llegaría a conocer de la acusación sería el juez ordinario; siempre que se esté aun dentro del año posterior a cuando dejó el cargo.

Hay que tomar en cuenta que durante el tiempo de su encargo el Presidente sólo puede ser acusado de traición a la Patria y de delitos graves del orden común. Suponiendo que ése fuera el caso, estaríamos hablando de un Presidente que cursa el periodo de ejercicio de sus funciones, esto es, de faltas cometidas durante los seis años que ocupa el cargo, lo cual es obvio que ya no está en funciones, aunque él siga insistiendo en que lo llamen Presidente. El juicio político, si procediera, del que conocería la Cámara de Senadores como jurado de acusación y la de Diputados como jurado de sentencia, en el caso de Vicente Fox no tendría razón de ser dada la ausencia de pragmatismo, ya que no se puede destituir a quien ha dejado de ser y su inhabilitación para ocupar otro cargo le causaría risa pues ya ocupó el puesto de mayor jerarquía al que puede aspirar un mexicano y sería indudable que no aceptaría o buscaría un puesto de menor jerarquía, ni que, aun habiendo reelección, sabe que no obtendría más voto que el de su consorte. En cuanto a delitos oficiales cometidos en el ejercicio ya dijimos que la ley fundamental lo exonera a partir de que cumpla un año de haber transcurrido el periodo para el que fue electo.

¿Qué queda por hacer?, ¿El presidente se habrá salido con la suya?, ¿es intocable y puede carcajearse de los mexicanos con toda impunidad? De acuerdo con nuestra realidad política ¿jamás de los jamases se pondrá fin a estos desmanes? ¿Los que siguen seguirán actuando de la misma manera, pues al fin y al cabo nadie se atreverá a llamarlos a cuentas?, ¿Somos un país de cínicos? La respuesta la podemos encontrar, si no me equivoco, en la protesta constitucional que rinden los presidentes para ser considerados como tales al llegar al puesto. Les sale miel de los labios creyendo que es un requisito carente de trascendencia. Ante el Congreso de la Unión, parado en el Podium levantando el brazo derecho, después de saludar a sus hijos, “protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande”. Esto no es un simple requisito, es un compromiso mayestático frente al pueblo.

Es algo más allá de un bonito acto protocolario, del que, quien lo hace, pueda sacudirse enseguida. Es un juramento solemne que lo responsabiliza delante de la ciudadanía. Es el súmmum del incumplimiento de una obligación que se asume voluntariamente comprometido a actuar leal y patrióticamente, gobernando en todo por el bien y prosperidad de la Nación, reconociendo que, si no lo hizo así, la Nación puede y debe demandarlo. Lo publicado hace poco en una revista puso al descubierto cuantiosas inversiones en bienes inmuebles, si se comprueba que se compró con dinero sucio, sólo en ese caso, debe dar lugar a que la Nación se lo demande. La Nación es una persona moral que está representada por el procurador general de la República quien es investido de la personalidad jurídica que se requiere para promover la acción correspondiente por la violación al artículo 87 constitucional, lo que hará ante un juez de Distrito. La resolución que recayera en el proceso podría llevar a recuperar no sólo el daño patrimonial sino también lo más esencial: el respeto que merece el orden jurídico en la Nación. Sentaría un precedente histórico saludable El enrarecimiento político que atosiga la vida de la República tomaría nuevos derroteros. ¿O pesa más el agradecimiento?

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